Viernes, 19 de abril de 2024

Religión en Libertad

El Tribunal Supremo de EEUU anula las restricciones contra el culto en las iglesias de Nueva York

El Tribunal Supremo de EEUU anula las restricciones contra el culto en las iglesias de Nueva York
Andrew Cuomo, gobernador demócrata de Nueva York impuso estas restricciones discriminatorias contra las iglesias

ReL

La importancia de un Tribunal Supremo de EEUU con una mayoría que defienda la libertad religiosa ha quedado de manifiesto esta semana con el fallo que ha realizado en contra de las restricciones a las iglesias y otros lugares de culto llevadas a cabo en el estado de Nueva York por su gobernador, el demócrata Andrew Cuomo.

La decisión del Supremo salió adelante por cinco votos a cuatro, en el que tuvo un papel fundamental la nueva juez Amy Coney Barret. Por su parte, el presidente de la Corte, John Roberts, se alineó en esta ocasión con los tres jueces progresistas.

De este modo, el Tribunal Supremo ha dado la razón a la diócesis de Brooklyn y a una serie de sinagogas afirmando que las restricciones al culto en el estado son una violación de la protección de la Primera Enmienda al ejercicio de la libertad religiosa.

“Es hora, ya es hora, de dejar claro que, si bien la pandemia plantea muchos desafíos graves, no hay mundo en el que la Constitución tolere edictos ejecutivos codificados por colores que reabran las tiendas de licores y bicicletas, pero cierren iglesias, sinagogas y mezquitas”, escribió el juez asociado Neil Gorsuch sobre el fallo.

Por tanto, el obispo de Brooklyn, Nicholas DiMarzio, ha pedido que el culto sea considerado como una actividad esencial.

Nicholas DiMarzio, obispo de Brooklyn

El obispo de Brooklyn ha luchado hasta el final por la libertad religiosa y en favor del culto en su diócesis

Las restricciones del gobernador de Nueva York prohibieron la asistencia de más de 10 personas a los servicios religiosos en las “zonas rojas” designadas por el Estado y 25 personas en las “zonas naranjas”.

En el fallo se recuerda que “en una zona roja, mientras que una sinagoga o iglesia no puede admitir a más de 10 personas, las empresas categorizadas como 'esenciales' pueden admitir a tantas personas como deseen. Y la lista de negocios 'esenciales' incluye cosas como instalaciones de acupuntura, campamentos, talleres, así como muchos servicios” no esenciales, concluyó la opinión mayoritaria de la Corte. “Estas categorizaciones conducen a resultados preocupantes”, agregó la decisión.

Igualmente, el texto de la Corte Suprema asegura “no solo no hay evidencia de que los demandantes hayan contribuido a la propagación de COVID-19, sino que existen muchas otras reglas menos restrictivas que podrían adoptarse para minimizar el riesgo de quienes asisten a los servicios religiosos. Entre otras cosas, la asistencia máxima a un servicio religioso podría estar vinculada al tamaño de la iglesia o sinagoga”.

“Incluso en una pandemia, la Constitución no puede abandonarse y olvidarse. Las restricciones en cuestión aquí, al prohibir efectivamente que muchos asistan a servicios religiosos, golpean el corazón mismo de la garantía de libertad religiosa de la Primera Enmienda”, concluyó.

Por su parte, monseñor DiMarzio dijo que está “complacido por la decisión de los jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos, quienes han reconocido la clara violación de la Primera Enmienda y la urgente necesidad de reparación en este caso”. “Estoy orgulloso de liderar la Diócesis de Brooklyn y luchar por nuestro derecho sagrado y constitucional a la adoración”, agregó el prelado.

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