Miércoles, 24 de abril de 2024

Religión en Libertad

Sentencia unánime del TC y ridículo de las izquierdas

La ley foral de socialistas, abertzales y comunistas para cobrar IBI a la Iglesia: inconstitucional

Despensa de Cáritas en la localidad navarra de Estella - la ley quería cobrar por locales parroquiales, con sus despensas, roperos, servicios de Cáritas, etc...
Despensa de Cáritas en la localidad navarra de Estella - la ley quería cobrar por locales parroquiales, con sus despensas, roperos, servicios de Cáritas, etc...

P. J. G./ReL

Es inconstitucional la ley navarra que aprobó el 28 de febrero de 2013 una alianza de socialistas, comunistas, abertzales pro-violencia de Bildu y abertzales más moderados de Nafarroa Bai para hacer pagar un impuesto urbano (el equivalente foral al IBI) a conventos, oficinas parroquiales, viviendas eclesiales y otras dependencias de la Iglesia. Así lo ha sentenciado ahora -y por unanimidad, sin titubeos- el Tribunal Constitucional.

Los 3 diputados de I-E (la marca de Izquierda Unida en Navarra) son los que presentaron y arrastraron en una propuesta inconstitucional a los 9 diputados socialistas, los 7 de Bildu y los 6 de NafarroaBai: una alianza radical de izquierda abertzale con el objetivo de sacarle dinero a las entidades católicas.

Unión del Pueblo Navarro (19 diputados) y el Partido Popular (4 diputados) votaron en contra.

Han aprobado una ley inconstitucional
El Tribunal Constitucional es claro: la ley aprobada por estos grupos "es inconstitucional ya que incumple los compromisos del Estado con la Iglesia Católica y con las Comunidades Evangélicas, Israelitas e Islámica".

Más concreto: "se produce la vulneración por cuanto la [nueva] ley foral solamente excluye del pago de la Contribución Territorial Urbana a los ´bienes destinados al culto´, cuando, conforme a los compromisos aludidos esa exclusión alcanza a otros bienes, que la ley foral excluye del beneficio fiscal".

En declaraciones a Servimedia, el vicesecretario para asuntos económicos de la Conferencia Episcopal Española, Fernando Giménez Barriocanal, ha explicado con claridad lo que ha sucedido: aunque las haciendas forales (Navarrra y País Vasco) tienen competencias fiscales "lo que no pueden hacer es vulnerar el tratado internacional”, y el tratado internacional de acuerdos Iglesia-Estado marca 5 casos de exención muy concretos:

- templos
- viviendas
- oficinas parroquiales
- seminarios
- conventos

La nueva ley navarra sólo permitía la exención de IBI a los templos... violando las otras 4 exenciones. Era una ley, pues, que violaba los tratados internacionales y la Constitución.

La Iglesia sí paga sus impuestos
“La Iglesia paga religiosamente sus impuestos y los seguirá pagando. Y si hay cualquier modificación general en la legislación del IBI, nosotros estaremos a ella, en el marco de los tratados internacionales, pero estaremos a ella”, explica a Servimedia Giménez Barriocanal. Por ejemplo, la Iglesia paga la Seguridad Social del clero (18 millones de euros al año) y paga el Impuesto de Sociedades y el IBI en las actividades que no están exentas.

Por otra parte, Giménez Barriocanal recuerda que además de los acuerdos Iglesia-Estado, la Iglesia, como muchas fundaciones y entidades cívicas y sociales, se beneficia de la Ley de Mecenazgo, que permite exenciones "no sólo a la Iglesia, sino a todas las confesiones religiosas y a todas las fundaciones, de partidos políticos, de utilidad pública".

“Por lo tanto, decir que la Iglesia está privilegiada fiscalmente es erróneo, no es cierto, tiene el mismo régimen fiscal que pueda tener cualquier fundación de este país”, especifica.

¿Fiscalizar comedores para pobres?
La ley navarra, explicó Barriocanal a Europa Press, reducía las exenciones de la Iglesia "de una manera claramente discriminatoria", de forma que, por ejemplo,un comedor parroquial para personas sin hogar instalado en dependencias parroquiales le habrían hecho pagar el IBI.

"La Iglesia veía que esa ley foral, no solo disminuía el régimen fiscal, sino que afectaba a la naturaleza de los acuerdos Iglesia-Estado, no solo al tratado internacional de la Iglesia sino a los acuerdos de colaboración suscritos con otras confesiones religiosas. En esa línea se instó al Gobierno para que presentara un recurso de inconstitucionalidad", ha precisado.

Con esta sentencia, según ha comentado, lo que hace el TC es "dar seguridad jurídica a los tratados internacionales" y permite conocer "las reglas del juego" dejando claro que "los tratados internacionales y los acuerdos están por encima de la legislación particular de la Hacienda Foral".

La medida no ha gustado en cierta prensa de izquierda: por ejemplo, la cadena Ser, ligada al grupo anticlerical Prisa, titulaba en su web "El Constitucional perdona a la Iglesia el pago del IBI"; una manifiesta mentira, ya que la Iglesia paga el IBI que le corresponde, y está exenta por ley -como muchas otras entidades, no por "perdón"- del IBI en otras actividades.
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