Siempre mandan los mismos y a veces los miembros "de a pie" no pueden participar en la elección de responsables. Hasta ahora... Pero eso va a ser más difícil en las asociaciones y movimientos internacionales de laicos en la Iglesia Católica, con el nuevo decreto 'Las asociaciones de fieles' del Dicasterio para los Laicos, Familia y Vida, firmado por su prefecto, el cardenal Kevin Farrell, por impulso del Papa Francisco.

El nuevo decreto establece que los responsables en órganos de gobierno de estos movimientos puedan tener tales cargos sólo durante 2 mandatos de 5 años seguidos. Después, deben pasar al menos 5 años antes de poder volver a ser reelegidos.

Además, el decreto establece que "todos los miembros pleno iure tendrán una voz activa, directa o indirecta, en la constitución de las instancias que eligen al órgano central de gobierno a nivel internacional".

(Las formas concretas en las que participen en esa elección del órgano de gobierno internacional no se define, la expresión "voz activa, directa o indirecta" es, como se ve, muy amplia).

Una sana rotación para evitar "violaciones y abusos"

El decreto proclama que "para una gobernanza prudente de las asociaciones, el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida ha considerado necesario regular la duración y el número de mandatos de los cargos de gobierno, así como la representatividad de los órganos de gobierno, con el fin de promover una sana rotación y evitar apropiaciones que no han dejado de procurar violaciones y abusos".

Roma valora así "la utilidad del relevo generacional en los órganos de gobierno".

La norma permite un papel especial al "moderador" de cada movimiento (a menudo su fundador, o un sucesor elegido por el fundador o tras el fundador). El moderador puede haber pasado cualquier cantidad de años en un órgano de gobierno antes, sólo puede ser moderador un máximo de 10 años, y pasados otros diez años puede volver a tener un cargo en un órgano de gobierno.

Los fundadores pueden pedir al Dicasterio hacer excepción con ellos

La norma establece específicamente que "los fundadores podrán ser dispensados de las normas de los artículos 1, 2 y 4 por el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida" (es decir, pueden pedir al Dicasterio que no se les apliquen estos límites de mandatos y elecciones).

La norma pide a las asociaciones internacionales que ya hayan superado esos límites que organicen elecciones en los próximos dos años.

Estas normas -pensadas para asociaciones de laicos- no se refieren "a los cargos de gobierno que están vinculados a la aplicación de las normas propias de las asociaciones clericales, institutos de vida consagrada o sociedades de vida apostólica".

Sí se aplican a todo tipo de entidades católicas "sujetas a la supervisión directa del Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida".

La norma empieza a aplicarse en septiembre de 2021.

El Dicasterio para los Laicos ha publicado una nota explicativa en la que constata que "en su servicio de acompañamiento a más de un centenar de asociaciones y otras entidades internacionales sobre los que ejerce una vigilancia directa, el Dicasterio ha tenido la oportunidad de observar prácticas muy diversificadas".

Objetivos y ventajas de la limitación de mandatos

El Dicasterio busca:

- la regulación de los mandatos de los órganos de gobierno a nivel internacional (de las asociaciones)
- y la representatividad de estos últimos

La nota explicativa detalla las ventajas de que roten los cargos directivos y haya relevo generacional:

- crecimiento creativo
- impulso a la inversión formativa;
- revitaliza la fidelidad al carisma;
- da aliento y eficacia a la interpretación de los signos de los tiempos;
- fomenta formas nuevas y actuales de acción misionera.

Por el contrario, advierte la nota, "la falta de límites a los mandatos de gobierno fomenta, en los llamados a gobernar, formas de apropiación del carisma, de personalismo, de centralización de funciones, así como expresiones de autorreferencialidad, que fácilmente conducen a graves violaciones de la dignidad y la libertad personales, e incluso a verdaderos abusos. Además, un mal ejercicio de gobierno crea inevitablemente conflictos y tensiones que hieren la comunión y debilitan el celo misionero".

Kevin Farrell, Prefecto del Dicasterio para los Laicos, y el Papa Francisco

Que se aplique con obediencia filial

"El Dicasterio confía en que este Decreto sea acogido con el debido espíritu de obediencia filial y de comunión eclesial, del que tantas asociaciones de fieles y entidades internacionales han dado prueba ejemplar, y que se capte plenamente su motivación pastoral, nacida del deseo de la Iglesia-Madre de ayudar a estos hijos suyos a progresar hacia la plena madurez eclesial deseada. El Dicasterio da gracias al Señor por el precioso don que constituyen estas realidades internacionales", añade la nota explicativa.

Las asociaciones internacionales afectadas son de los más diverso: coordinadoras internacionales de scouts, asociaciones de laicos ligadas a tal o cual fundador religioso u orden religiosa, comunidades de alianza o de vida cristiana, asociaciones para la doctrina social, asociaciones de profesionales (médicos, maestros, filósofos), asociaciones de laicos misioneros, nuevos movimientos como San Egidio, Schoenstatt o los Focolares, federaciones de asociaciones femeninas o juveniles, etc... Algunas cuentan con unos centenares de miembros en dos o tres países; otras tienen centenares de miles de miembros en docenas de países. Todas juntas suman más de cien millones de católicos.

La lista de entidades afectadas -que nunca es completa ni actualizada- puede consultarse aquí, en la web del Dicasterio en español.