Su familia calificó la negativa de «cruel discriminación» y llegó a pedir la destitución del párroco
Noelia, joven de Sevilla con trisomía 21, podrá ser madrina de bautismo

Una familia llevó a los medios su protesta porque un sacerdote no admitió a una joven de 19 años con trisomía 21 como madrina de bautismo.
Noelia, una joven sevillana con síndrome de Down, lleva días en el foco mediático desde que a finales de octubre el párroco de Benacazón, José Antonio Morón, no consideró la posibilidad de que fuese próxima madrina de bautismo. El obispado inició entonces las consultas “del más alto nivel” que, tal y como ha expuesto en un comunicado publicado en el portal de la archidiócesis, han sido finalmente resueltas en sentido favorable a la joven.
Según se puede leer en el documento, el obispado “autoriza la celebración del sacramento del Bautismo, pudiendo los padres del bautizando proponer los padrinos inicialmente elegidos”.
En el Comunicado, la archidiócesis dirigida por José Ángel Saiz Meneses admite haber obtenido la información precisa y llevado a cabo los encuentros pertinentes con el párroco y la familia. Concluida la pesquisa, la celebración quedaba finalmente autorizada en los términos iniciales.
Asimismo, el obispado subraya que la Iglesia “contempla adaptaciones catequéticas que favorecen la inclusión de todos en la comunidad eclesial”, basándose “en el acompañamiento y la prudencia pastoral”.
Por ello, la archidiócesis remarcó su agradecimiento y respaldo al trabajo realizado por el párroco y miembros de otros órganos relativos a la parroquia, lamentaba “el daño que ha causado la gestión de esta situación” y concluía llamando “a la necesaria concordia y al diálogo, sobre la base de la comunión que debe caracterizar la vida de una comunidad parroquial”.
Campaña de firmas pidiendo su destitución
La resolución se remonta a la polémica que siguió a la protesta de la familia a finales de octubre y a la posterior recogida de firmas que pedía la destitución del párroco de Nuestra Señora de las Nieves en Benacazón, José Antonio Morón, y el reconocimiento del “derecho” de la joven a ser madrina de bautismo.
El párroco expresó su negativa a tal posibilidad ante las posibles “dificultades” que podían acompañar a la trisomía 21 -Síndrome de Down- de la joven.
En este sentido, el párroco justificó su postura argumentando lo “improvisado” de un primer encuentro que no ofreció “las condiciones más adecuadas” para un discernimiento adecuado.
Siguiendo la normativa vigente
ACI Prensa, que siguió el caso desde sus orígenes, mencionó complicaciones añadidas según el párroco, como la "dificultad grave para expresarse” de la joven.
El párroco, tras hacer una consulta “muy técnica” al obispado, sin dar detalles del contexto general, resolvió conforme a las indicaciones de la Instrucción de la Iniciación Cristiana vigente en la diócesis desde 2015. Sin embargo, ofreció la alternativa de que Noelia tuviese un papel preponderante en la ceremonia, sin ser inscrita como madrina.
Dicho Directorio diocesano de la iniciación cristiana recoge ambas posturas de la polémica en sus dos primeros "criterios eclesiales para la elección de los padrinos", que indican que estos deben:
-ser elegido por los padres o por quienes ocupan su lugar o, faltando éstos, por el párroco o ministro;
-tener la capacidad para realizar esta misión e intención de desempeñarla.
Por ello, la inclusión en el directorio de dichas indicaciones parecen confirmar la ausencia de deseo discriminatorio por parte del párroco, que únicamente parecía ajustarse a la búsqueda del cumplimiento de la normativa vigente.
Dificultades añadidas
La polémica se incrementó ante el hecho de que Noelia no se inscribiese en la formación prevista en la parroquia para los futuros padrinos y madrinas de bautismo, que exige varias sesiones quincenales y acudir cada domingo a la Misa parroquial, sino que lo hizo en otra parroquia que prevé un tiempo de preparación más corto.
La familia, disgustada ante la primera resolución, emprendió una campaña exigiendo la destitución del párroco “y una disculpa pública”.
Desde el arzobispado se señaló que el párroco es una persona “apreciada, que lo está haciendo muy bien y que trabaja muy bien con su equipo” en un contexto social en el que “las normas son difíciles de entender, sobre todo por las personas que a lo mejor no son mucho de iglesia”.
Acusan al párroco de discriminación LGBT
Por su parte, la familia continuó mostrando su oposición al considerar que negar lo que consideran un “derecho” a la joven “no es un acto administrativo”, sino “una discriminación cruel e injusta, que contradice el mensaje de amor, respeto y acogida que la Iglesia debe representar”.
En este sentido y pese al respaldo de la archidiócesis, la familia ha llegado a acusar al sacerdote de “múltiples actos de exclusión” contra “personas transgénero, rechazadas o juzgadas por su identidad”, “personas divorciadas o en nuevas uniones, apartadas de la participación plena en la vida parroquial” y “padres y madres no casados o solteros con hijos, a quienes se les niega el derecho de bautizar o apadrinar”.
¿Existe el derecho a ser padrino de Bautismo?
El Arzobispado de Sevilla, consultado por ACI Prensa, señaló que “la decisión que ha tomado el párroco no es por tener síndrome de Down”, sino siguiendo la Instrucción de la Iniciación Cristiana de la archidiócesis, vigente desde el año 2015.
En ella se especifica, en consonancia con el Código de Derecho Canónico, que entre los criterios eclesiales para la elección de los padrinos se encuentra que la persona designada “tenga capacidad para realizar esta misión e intención de desempeñarla”, lo que es discernido por el párroco.
Sobre la elección de los padrinos, a los que se reconoce “una verdadera función eclesial de ayudar al desarrollo de la gracia bautismal junto con los padres”, la instrucción archidiocesana establece que, si “primariamente corresponde a los padres, no puede deberse a razones de compromiso social, sino en tanto que puedan garantizar la perseverancia en la fe y en la vida cristiana de sus ahijados”.
Por otro lado, el documento prevé la posibilidad de que haya “personas con necesidades de apoyo específico que sean elegidos padrinos de Bautismo o de Confirmación”.
Para ellas, “en función de sus necesidades y capacidades serán orientados por los catequistas responsables de la atención pastoral a personas con discapacidad de sus parroquias”, que ofrecerían la formación preceptiva con las adaptaciones pertinentes.