Alguien dijo que son desgraciados los tiempos en los que hay que esforzarse para demostrar lo evidente. Si se llegara a aceptar algo tan evidente como que el ser humano comienza su existencia en el momento de la fecundación dejaríamos de discutir sobre temas como el aborto, la selección genética de embriones o la fecundación in vitro. Nadie (de momento) discute que las personas, una vez nacidas, tengan derecho a la vida. Es este el primero de los derechos, ya que sin él, no ha lugar a ningún otro: Si un individuo muere ya no puede ser titular de ningún derecho. Por tanto, si la vida humana es inviolable, quedan fuera de discusión las técnicas que atentan contra ella en cualquiera de sus etapas. Sin embargo, muchos aceptan que una persona con síndrome de Down deba ser atendida y cuidada si llega a nacer, pero que si la anomalía genética fuera detectada antes, esa misma persona pueda ser impunemente eliminada, con todas las bendiciones legales.
 
En varias ocasiones he intentado explicar los argumentos biológicos que soportan la evidencia de que el ser humano comienza a existir en el momento de la fecundación de un óvulo por un espermatozoide. Pero hay un punto donde se choca siempre. Y es que, dejando a un lado la ignorancia, a algunos les parece exagerado comparar a un ser humano recién nacido, con sus brazos, sus piernas y su carita, con un conjunto de células sin forma. A algunos incluso les repugna la mera idea de la existencia de un ser humano «unicelular», que es el cigoto. Desde esta perspectiva, la hora del comienzo del ser humano la marcaría el reloj en el punto en que la persona pudiera ser «reconocible» morfológicamente (alrededor de la semana 8ª de vida). O cuando pudiera tener la capacidad de sobrevivir de forma autónoma de la madre (hoy por hoy, cerca de la semana 22). Puestos a dar cifras arbitrarias, alguien podría decir que es lícito acabar con la vida del recién nacido con graves problemas, siempre que sea antes de las 24 horas después de nacido que marca el Código Civil en su artículo 30 como condición para adquirir la personalidad (determinada por el nacimiento), y que aún no habría adquirido ya que: «para los efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno». Y ya puestos, todo el mundo sabe que uno no deja de ser autónomo de la madre hasta mucho después, lo que justificaría acabar con los niños muy llorones o con serios problemas físicos limitantes en cualquier momento.
 
Existen varias opiniones respecto a la definición de cuándo se empieza a ser persona. Ya hemos indicado que uno empieza a ser persona con la primera célula producto de la fusión del óvulo y el espermatozoide paternos. El embrión es un individuo perteneciente a la especie humana, en una fase inicial de su desarrollo, que contiene toda la autonomía genética para que, si no se corrompe su medio, continúe con su desarrollo sin solución de continuidad.
Los primeros estadios de la vida humana son visibles al microscopio. El embrión, en su desarrollo, pasa por varias fases (cigoto, mórula, blastocisto...), pero para ser estrictos habría que decir: embrión en fase de cigoto, o embrión en fase de mórula, etc. El cigoto, es una diminuta célula, que rápidamente empieza a dividirse, tendiendo hacia una especialización cada vez mayor de las sucesivas células producto de la división. La primera división produce un blastómero (2 células) que se van dividiendo a su vez (8, 16, 32…) hasta formar la mórula. El embrión continúa su crecimiento, y se le denomina blastocisto. El grupo interno de células del mismo constituye el desarrollo de la persona, y el externo, la placenta y cordón umbilical. El embrión en fase de blastocisto alcanza el útero alrededor del quinto día y se implanta en la pared uterina aproximadamente al sexto día. La persona continúa su desarrollo embrionario hasta llegar a completar la formación de los órganos, lo cual se produce alrededor de la 8ª semana de vida. A partir de ese momento, y hasta su nacimiento, se le denomina feto, que puede ser viable a partir de la semana 22, si se produce un nacimiento prematuro.
 
Sin embargo, se está imponiendo cada vez más una denominación para las etapas iniciales de vida, la de «pre-embrión», que no tiene ninguna base científica. Este término fue una creación de la bióloga inglesa Jeanne McLaren, que ha tenido desgraciado éxito en la legislación española y de otros países, pero no así en artículos científicos, donde es prácticamente inexistente. En nuestro país, la ley 14/2007 de Investigación Biomédica, en su artículo 3 define un preembrión como «el embrión constituido in vitro formado por el grupo de células resultantes de la división progresiva del ovocito desde que es fecundado hasta 14 días más tarde». O sea, que, para el legislador español, el preembrión es… un embrión. Y es que tal definición fue una falacia introducida en el informe Warnock, de 14 de julio de 1984, que definió las implicaciones éticas de la fecundación in vitro y fue la base de la permisiva legislación inglesa al respecto. Como los propios autores reconocieron, hubo que establecer aleatoriamente un límite a partir del cual no fuera posible manipular el embrión, a fin de otorgar un mínimo de garantía al ser humano. Se eligió arbitrariamente el día 14, y posteriormente se argumentó que en torno a esa fecha se producía la cresta neuronal, la implantación en el útero y el fin de la multipontecialidad, justificando de este modo las técnicas de experimentación con embriones menores de 14 días bajo la excusa de que no son todavía personas, ya que ni siquiera tienen la caracterización de embriones, siendo denominados con el despectivo término de «preembriones», que justificaba su manipulación. El carácter arbitrario de dicha fecha es reconocido por el propio informe, en la medida en que afirma que «ningún estadio particular del proceso de desarrollo es más importante que otro. Todos forman parte de un proceso continuo».
 
Tanto interés en señalar una etapa previa a la de embrión sólo se explica por el deseo de justificar su destrucción en el caso de la fecundación in vitro o del diagnóstico genético preimplantatorio. Si los embriones humanos de menos de 14 días no son embriones en realidad, sino que son «algo» (¿de qué especie?) en una fase previa al embrión, entonces podemos eliminarlos si son «sobrantes», o dicho más fino, realizar una «reducción embrionaria» cuando hay más de los deseados que logran implantarse. Se trata de una manipulación del lenguaje más, que busca tranquilizar las conciencias, como la de llamar al aborto «interrupción voluntaria del embarazo» o al fomento del libertinaje sexual «promoción de la salud sexual y reproductiva».