Religión en Libertad

Absueltos los 21 militantes provida procesados por rezar el rosario ante un abortorio en Vitoria

La sentencia afirma que ejercieron su derecho de reunión debidamente convocado y lo hicieron pacíficamente.

Un momento del juicio celebrado en Vitoria contra 21 militantes provida que finalmente han sido absueltos.

Un momento del juicio celebrado en Vitoria contra 21 militantes provida que finalmente han sido absueltos.El Debate (captura).

Redacción REL
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El juzgado de lo penal número 1 de Vitoria ha absuelto a los 21 militantes provida juzgados el pasado mes de noviembre por un supuesto delito de coacciones. Habían sido procesados por rezar el rosario delante de un abortorio. Los hechos se produjeron entre el 28 de septiembre y el 6 de noviembre de 2022.

Los acusados se concentraron en grupos de cinco que se iban turnando, a una distancia de quince metros del abortorio y en diagonal respecto a su puerta de entrada, en una calle concurrida y ruidosa. La oración tenía lugar en voz baja o en silencio, junto a un cartel con el lema No estás sola. Estamos aquí para ayudarte. En ningún momento acosaron ni intimidaron a los trabajadores del centro ni a las personas que entraban en él, ni perturbaron el funcionamiento del negocio. Las acusaciones en ese sentido han sido consideradas como no probadas.

Según recoge Forum Libertas, la magistrada Beatriz Román, autora del fallo, subraya que los acusados "no hicieron otra cosa que ejercer su libre derecho de reunión, escogiendo un lugar próximo a una clínica donde se realizan abortos al entender que expresar sus reivindicaciones en ese lugar y del modo que lo hicieron era la vía más apropiada para que el mensaje que quieren transmitir -rezar por la vida y ofrecer su ayuda- llegara directamente a sus destinatarios principales". El acto fue comunicado a la autoridad competente y se llevó a cabo de forma "exquisitamente pacífica".

La sentencia desestima los alegatos de la fiscalía y la acusación particular (que pedían cinco meses de prisión para los acusados, además de penas económicas y órdenes de alejamiento) porque han sido contradichos por los testimonios de los acusados, los agentes que los identificaron y la documentación gráfica aportada al caso. 

Por último, el fallo afirma que no se ha acreditado que los provida hicieran gestos intimidatorios ni insultos a los empleados o clientes del abortorio.

Aunque la sentencia no es firme, pues puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Álava, sienta un importante precedente en favor de la oración ante los abortorios. Todos los partidos que forman en España el 'bloque de investidura' (que votó a Pedro Sánchez y le mantiene en el poder) han promovido iniciativas en las dos últimas legislaturas para castigar con penas de cárcel o multas cualquier concentración provida ante dichos centros, en particular las que consisten en rezar.

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