Martes, 23 de abril de 2024

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Una breve lección de que es y que no es la Constitucionad

Una breve lección, recordatorio, de que es y que no es la Constitucionalidad

por El Chascarrillo del Monaguillo

Constitucional es una norma que a juicio de un Tribunal Constitucional no entra en conflicto con alguno de los artículos de una constitución dada, pero:
 
Constitucional NO significa obligatorio. Ejemplo: seguro que es constitucional, aunque el alto tribunal aun no se haya pronunciado al respecto, que las administraciones públicas obsequien con un caramelo de fresa al sufrido ciudadano que acude a sus oficinas, pero que sea constitucional no lo hace obligatorio. Al menos a mi aún no me han dado ninguno

Constitucional NO significa natural. Ejemplo: Si el gobierno, y no quiero dar ideas a los progres, decide promulgar una norma de derecho positiva contra la Ley de la Gravitación Universal, seguramente sería declarada como constitucional por el tribunal, sobre todo si sigue con la misma composición, ya que no choca con ningún artículo de la feliz constitución del 78… pero como ustedes comprenderán no por ello va a dejar de regir la atracción mutua entre masas.

Constitucional NO significa bueno. Ejemplo: Seguramente es constitucional comer todos los días panceta pero seguramente no sea bueno metabólicamente hablando. Seguro que es constitucional el no ducharse pero conviene al menos de vez en cuando.

Constitucional NO significa legítimo. Ejemplo: Podría  votar el 99,9% de la población el matar a todos los hombres pelirrojos de más de 1,83 metros de altura, refrendarlo las dos cámaras, ser declarado constitucional y contar con la firma del Jefe del Estado que seguirá siendo un asesinato. Podrían los poderes públicos legislar para que el 90% de los ingresos recibidos por un ciudadano sean revertidos al estado que, aunque contase con todos los requisitos legales, seguiría siendo un latrocinio.

Constitucional NO significa inalterable. Cualquier ley se puede modificar pese a ser constitucional. La LOE es constitucional y no por eso el gobierno de la nación renunciará a su necesaria reforma.

Constitucional NO significa inderogable. Seguro que el Plan Hidrológico Nacional era constitucional y Zapatero necesitó media tarde para derogarlo.
 
Así que no debemos cejar en el empeño de oponernos al gaynomio porque, aun siendo perfectamente legal y constitucional, es perfectamente no-obligatorio, anti-natural, malo, revocable, alterable y derogable.

Y no nos llamemos a engaño: este gobierno, en el que siguen depositando su confianza millones de católicos, no ha tenido ni tiene intención de arreglar el desaguisado zapateril y ahora con la sentencia del Tribunal Constitucional tiene la coartada perfecta.
 
Germán Menéndez Fernández
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