Martes, 08 de octubre de 2024

Religión en Libertad

LA FIANZA NO GARANTIZA QUE NO HUYAN, SEGÚN EL JUEZ

Retiran el pasaporte a los dos detenidos por blandir cuchillos en la catedral de Córdoba

El Juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba ha puesto en libertad con cargos a los dos turistas musulmanes, M.S. y E.G., detenidos el miércoles tras protagonizar un altercado en la catedral y en el que hirieron con un cuchillo a un vigilante.

R.R./ReL

Los dos detenidos por blandir cuchillos en la catedral de Córdoba
Los dos detenidos por blandir cuchillos en la catedral de Córdoba
Según el auto del juez José Luis Rodríguez Lainz a M.S. se le imputan los delitos contra el sentimiento religioso, desórdenes públicos, lesiones pendientes de calificación, amenazas y atentado contra agentes de la autoridad.
 
De momento, el juez, que ha decidido retirarle el pasaporte de Sri Lanka, no imputa a M.S. un delito de homicidio en grado de tentativa, ya que, aunque indica que las lesiones son «reales» y han sido relatadas por testigos, estima que la acción agresiva no puede tildarse en este momento procesal como de tentativa de homicidio.
 
Al resto de los implicados, N.M., Z.E., H.K., O.A, H.B., M.K. y E.G. -que también fueron detenidos y ha quedaron en libertad provisional-, el juez les imputa delitos contra el sentimiento religioso, amenazas y atentado contra la autoridad.
 
Según relata el juez en el auto, Z.E. lideraba un grupo de 118 turistas de religión musulmana, aunque de distintas razas y procedentes de Austria, que «idearon una estrategia» de entrar en la Mezquita de Córdoba «aprovechando el horario de visitas de turistas», aunque en ese momento en el templo se estaba desarrollando un acto litúrgico «de exposición al Santísimo» con motivo de la Semana Santa.
 
El magistrado indica que este grupo de turistas accedió al templo con la «intención» de organizar un rezo de grupo bajo el rito musulmán, «a sabiendas de que tal acto de expresión religiosa se encontraba expresamente prohibido».
Según las imágenes de las cámaras de seguridad, que han sido visionadas por el juez, alrededor de las 17:30 horas del pasado miércoles, los turistas entraron en la Catedral en pequeños grupos de dos y tres personas «con claro disimulo» e «interconectados visualmente y con walkie-talkies» reuniéndose en un lateral de la Mezquita, donde comenzaron a rezar arrodillados.
 
Mientras este grupo rezaba, cinco de los turistas permanecieron de pie junto al líder para «garantizar su seguridad y libertad de movimiento». A los diez minutos de que comenzaran sus rezos, uno de los agentes de seguridad privada del templo solicitó al líder que dejaran de orar, sin que pudiera acercarse a él al impedírselo cuatro de los turistas.
 
Según el auto, uno de ellos que se encontraba protegiendo al líder le dijo que hablarían cuando terminaran de rezar, momento en el que el vigilante, tras advertirles hasta en dos ocasiones de que el rezo bajo el rito musulmán está prohibido en el templo, se produjo un forcejeo en el que el vigilante recibió un puñetazo en la cara.
 
Tras este suceso, el vigilante, que se deshizo de las personas que le agarraban, fue en busca del presunto agresor y consiguió inmovilizarlo, momento en el que M.S. y principal imputado en este caso sacó una navaja de diez centímetros de hoja y cuatro de ancho con la intención de amedrentar al vigilante y lanzó una cuchillada a la zona del pecho.
 
Al intentar evitar la agresión, el vigilante resultó herido en la mano izquierda, mientras que otro de los implicados, N.M, intentó arrebatarle la pistola a otro de los vigilantes, que también presenta heridas leves.
 
Además, E.G., que fue el segundo detenido, pegó con una muleta a uno de los quince policías nacionales que se desplazaron al templo para intervenir.
 
A pesar de que el Ministerio Fiscal ha solicitado la imposición de una fianza de 3.000 euros para M.S., el juez ha considerado que esta medida cautelar no garantiza que el imputado «pueda decidir no fugarse por la sola razón de perder tal suma» y, por lo tanto, estima más adecuada la retirada del pasaporte que sí garantiza que el imputado no pueda abandonar el territorio comunitario.
 
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