Más allá del ruido que están armando los medios de comunicación en torno a la exhortación apostólica postsinodal “Amoris laetitia” del Papa Francisco, hay que hacer un esfuerzo por estudiar detenidamente el documento para poder valorarlo con justicia. El ruido que hacen esos medios se parece al que sucede siempre tras unas elecciones: todos han ganado y todos parecen encantados con el resultado, incluso aquellos que han sufrido una derrota estrepitosa.

Vamos, primero, con el análisis del texto para después poder opinar sobre él. Para ver lo que dice hay que tener en cuenta también lo que no dice y el contexto en el que lo dice.

Comencemos por el contexto. Se había creado una expectación inaudita -mayor aún que con la encíclica “Humanae vitae” de Pablo VI-, como consecuencia del debate sobre la posibilidad de que los divorciados vueltos a casar sin haber conseguido la nulidad matrimonial, los que conviven sin casarse o los homosexuales que viven en pareja pudieran acceder a la comunión. La presión de los medios de comunicación ha sido enorme y han jugado durante los tres años del pontificado de Francisco a presentarle como un progresista que iba a romper con la tradición de la Iglesia y con su magisterio precedente. Algunas palabras ambiguas del propio Papa y declaraciones de algunos cardenales han servido para alimentar esta tesis, por más que el mismo Francisco haya insistido reiteradamente que él no quería de ningún modo enseñar nada en contra de lo que la Iglesia ha enseñado hasta ahora. El Papa ha sido utilizado por los enemigos de la Iglesia para erosionar la credibilidad de la institución eclesial, pues si la Iglesia cambiara en algún momento sus principios dogmáticos o morales nadie podría asegurar que no volvería a cambiarlos en el futuro y, por lo tanto, desde ese mismo instante todo, incluso lo que el Papa estuviera diciendo en ese momento, dejaría de tener la fuerza con que se presenta la verdad.

Estos mismos medios de comunicación son los que ahora, publicado el documento, intentan presentarlo como una victoria de los progresistas. Veamos algunos titulares: El País: “El Papa abre la Iglesia a los divorciados que vuelvan a casarse”. El Mundo: “El Papa acepta ahora a las nuevas familias” y también el mismo periódico: “El Papa pide integrar a los divorciados valorando en privado la situación de cada persona”. ABC: “El Papa pide integrar a los divorciados valorando la tesitura de cada persona”. La Razón: “El Papa abre la Iglesia a los divorciados y parejas de hecho”. El Español: “El Papa pide no excomulgar automáticamente a los divorciados de la Iglesia”. TVE, informativo de las 3 de la tarde: “El Papa abre la comunión a los divorciados”. CNN en español: “Francisco urge a una mayor aceptación en la Iglesia de las familias irregulares”. Se nota, evidentemente, incluso en los medios más supuestamente afines a la Iglesia, el intento de presentar la exhortación como un documento aperturista, pero, salvo el titular de Televisión Española -que es el menos ajustado a la literalidad del documento-, ninguno habla de la posibilidad de que comulguen los divorciados vueltos a casar, sino de integración en la Iglesia (lo cual ya existía y hay que seguir insistiendo en ello) y de discernimiento pastoral (lo cual se ha hecho toda la vida). Cabe pensar de su relativa moderación, por lo tanto, que el documento no satisface sus expectativas, pues de lo contrario los titulares habrían sido muy distintos y habrían expresado mucho más la ruptura que implicaría otro tipo de texto. Están, pues, diciendo que han ganado pero son conscientes de que no hay nada realmente nuevo y que esa victoria no existe.

Ahora veamos lo que no dice el texto -y que según los que presentaban al Papa Francisco como un rupturista, podría o debería decir- No habla en ningún momento de la comunión de los divorciados vueltos a casar, de la “integración plena” de ellos en la Iglesia, y ni siquiera dice que se les debe admitir como catequistas, padrinos en los sacramentos o lectores en las misas. Lo mismo se puede aplicar a los convivientes o a las parejas gay. No dice que las normas morales válidas hasta ahora hayan quedado desfasadas, ni deroga ningún artículo del Código de Derecho Canónico o del Catecismo de la Iglesia (cabe recordar que sí hizo cambios en el Código cuando modificó las normas relativas a la concesión de nulidades matrimoniales); por lo tanto, todo eso sigue estando vigente. Tampoco deroga lo enseñado por San Juan Pablo II en la “Familiaris consortio” (donde se establecía que los divorciados vueltos a casar no podían comulgar), sino que por el contrario las enseñanzas de este Papa son las más citadas en la exhortación apostólica, y por lo tanto el documento del Papa Wojtyla sigue siendo válido.

Y ahora veamos qué es lo que sí dice “Amoris laetitia”. Aunque los capítulos más delicados son el sexto y el octavo, hay muchas cosas antes y después. Cosas muy buenas que habrá que ver con calma. Ahora me voy a fijar sólo en lo que afecta a la situación de los divorciados vueltos a casar o que viven en uniones irregulares, que es lo que ha despertado la atención y la polémica. El documento tiene 263 páginas y 325 artículos, por lo que, como es evidente, da mucho más de sí que lo concerniente a este tema.

Sobre este asunto, hay que empezar citando un artículo del principio de la exhortación, el nº 3, en el que se dice entre otras cosas: “En cada país o región se pueden buscar soluciones más inculturadas, atentas a las tradiciones y a los desafíos locales”. Esto puede dar lugar a que en Alemania, por ejemplo, se admitan a los divorciados a la comunión, o en Bélgica a los homosexuales convivientes; puede dar lugar a eso, efectivamente, pero no necesariamente debe ocurrir así, entre otras cosas porque este artículo ha de ser leído con el resto de los que le siguen, donde se aclara mucho más cuál es el marco en el que tiene que moverse la libertad de los obispos para tomar decisiones.

Yendo ya al capítulo 6, aparecen algunas de las frases que han sido recogidas por los medios de comunicación y utilizadas para justificar una supuesta apertura del Papa a una doctrina y a una pastoral diferente de la hasta ahora practicada.

Nº 243: “A las personas divorciadas que viven en nueva unión, es importante hacerles sentir que son parte de la Iglesia, que «no están excomulgadas» y no son tratadas como tales, porque siempre integran la comunión eclesial. Estas situaciones «exigen un atento discernimiento y un acompañamiento con gran respeto, evitando todo lenguaje y actitud que las haga sentir discriminadas, y promoviendo su participación en la vida de la comunidad”. ¿Alguien puede poner alguna objeción a estas frases? Los divorciados vueltos a casar nunca han estado excomulgados, entendiendo por tal la sanción canónica que sí va unida, por ejemplo, al que aborta. Esas personas son parte de la Iglesia y los últimos Papas han insistido en que se evite toda discriminación y se las integre en la vida de la Iglesia, sin que eso signifique que pueden acceder a la comunión.

Nº 251: “En el curso del debate sobre la dignidad y la misión de la familia, los Padres sinodales han hecho notar que los proyectos de equiparación de las uniones entre personas homosexuales con el matrimonio, «no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia. Es inaceptable que las iglesias locales sufran presiones en esta materia y que los organismos internacionales condicionen la ayuda financiera a los países pobres a la introducción de leyes que instituyan el “matrimonio” entre personas del mismo sexo”. ¿Se podía ser más claro en este tema? Imposible. Los que soñaban con una apertura de la Iglesia al reconocimiento como familia de las uniones homosexuales deben sentirse muy decepcionados. “No hay ningún fundamento, ni siquiera remoto”, dice el Papa, entre una cosa y otra. Nada más contrario a la ideología de género que este párrafo, por lo tanto.

Vamos con el capítulo 8, que es el más supuestamente conflictivo.

Nº 296: “El camino de la Iglesia es el de no condenar a nadie para siempre y difundir la misericordia de Dios a todas las personas que la piden con corazón sincero”. Por supuesto. ¿Le cabe a alguien duda sobre ello, cuando la Iglesia ha enseñado siempre que Dios nos da la oportunidad de arrepentirnos hasta el último instante de nuestra vida? Cristo no vino a condenar, sino a salvar, y el que se condena es porque rechaza de forma consciente y libre la salvación que Cristo le ofrece; esto no implica que el Papa esté negando la existencia del infierno, pues se está refiriendo a la condena aquí en la tierra del que vive en una situación irregular. Este mismo concepto se vuelve a repetir en el artículo siguiente.

Nº 297: Después de reiterar que nadie puede ser condenado para siempre, añade: “Obviamente, si alguien ostenta un pecado objetivo como si fuese parte del ideal cristiano, o quiere imponer algo diferente a lo que enseña la Iglesia, no puede pretender dar catequesis o predicar, y en ese sentido hay algo que lo separa de la comunidad”. Tremenda desautorización de todos aquellos, sacerdotes y obispos incluidos, que están enseñando que no existen pecados objetivos o que enseñan “algo diferente” a lo que enseña la Iglesia. Hacía mucho tiempo que no se expresaba una censura tan explícita contra los que venden sus opiniones como si fueran de la Iglesia.

“Acerca del modo de tratar las diversas situaciones llamadas «irregulares», los Padres sinodales alcanzaron un consenso general, que sostengo: «Respecto a un enfoque pastoral dirigido a las personas que han contraído matrimonio civil, que son divorciados y vueltos a casar, o que simplemente conviven, compete a la Iglesia revelarles la divina pedagogía de la gracia en sus vidas y ayudarles a alcanzar la plenitud del designio que Dios tiene para ellos”. “Ayudarles a alcanzar la plenitud del designio que Dios tiene para ellos”, es decir ayudarles a avanzar hacia la santidad, por ejemplo con la promesa de castidad matrimonial. En ningún momento se dice que hay que darles la comunión.

Nº 298: “Los divorciados en nueva unión, por ejemplo, pueden encontrarse en situaciones muy diferentes, que no han de ser catalogadas o encerradas en afirmaciones demasiado rígidas sin dejar lugar a un adecuado discernimiento personal y pastoral”. ¿Dónde está el problema con esta frase, presentada como el referente de la supuesta apertura? Claro que hay situaciones distintas, que el propio Papa enumera, y evidentemente que hay que hacer un discernimiento pastoral, pero en ningún momento se dice que el resultado final sea el del acceso a la comunión.

Nº 299: “Acojo las consideraciones de muchos Padres sinodales, quienes quisieron expresar que «los bautizados que se han divorciado y se han vuelto a casar civilmente deben ser más integrados en la comunidad cristiana en las diversas formas posibles, evitando cualquier ocasión de escándalo”. El Papa habla de las “diversas formas posibles”, no de las “imposibles”, y por si hubiera dudas dice que hay que evitar el escándalo que se produciría si esa integración -que es imprescindible- se hiciera mediante las formas imposibles y no mediante las posibles.

En este mismo artículo, el Papa especifica cuáles son las formas posibles: “Su participación puede expresarse en diferentes servicios eclesiales: es necesario, por ello, discernir cuáles de las diversas formas de exclusión actualmente practicadas en el ámbito litúrgico, pastoral, educativo e institucional pueden ser superadas. Ellos no sólo no tienen que sentirse excomulgados, sino que pueden vivir y madurar como miembros vivos de la Iglesia, sintiéndola como una madre que les acoge siempre”. Es decir, se refiere a “servicios eclesiales” y ni siquiera enumera éstos (ser padrinos, lectores, acólitos, trabajar en una institución católica o incluso dar clases de religión). No habla en absoluto ni siquiera mediante alusiones del acceso a la comunión.

Nº 300: “No debía esperarse del Sínodo o de esta Exhortación una nueva normativa general de tipo canónica, aplicable a todos los casos. Sólo cabe un nuevo aliento a un responsable

discernimiento personal y pastoral de los casos particulares, que debería reconocer que, puesto que «el grado de responsabilidad no es igual en todos los casos», las consecuencias o efectos de una norma no necesariamente deben ser siempre las mismas. Los presbíteros tienen la tarea de acompañar a las personas interesadas en el camino del discernimiento de acuerdo a la enseñanza de la Iglesia y las orientaciones del Obispo”. La alusión a que si el grado de responsabilidad en la ruptura es distinto los efectos de la misma no deberían ser iguales, podría interpretarse como un permiso para el cónyuge inocente de poder comulgar aun habiendo contraído nuevo matrimonio, pero el Papa lo descarta desde el momento en que afirma que el discernimiento personal debe hacerse según “la enseñanza de la Iglesia”, la cual no ha cambiado, y según las orientaciones del Obispo, que obviamente no pueden ir contra las enseñanzas de la Iglesia.

Por si acaso quedaban dudas, en ese mismo artículo, el Papa añade: “La conversación con el sacerdote, en el fuero interno, contribuye a la formación de un juicio correcto sobre aquello que obstaculiza la posibilidad de una participación más plena en la vida de la Iglesia y sobre los pasos que pueden favorecerla y hacerla crecer. Dado que en la misma ley no hay gradualidad, este discernimiento no podrá jamás prescindir de las exigencias de verdad y de caridad del Evangelio propuesto por la Iglesia”. El Papa no está hablando, pues, del acceso automático a la comunión, sino de un proceso que puede y debe llegar a esa meta, pero cuando se quiten los obstáculos que lo impiden, por ejemplo, vuelvo a repetir, con la castidad matrimonial. No quedan dudas sobre ello cuando se lee a continuación, en este mismo número: “Estas actitudes son fundamentales para evitar el grave riesgo de mensajes equivocados, como la idea de que algún sacerdote puede conceder rápidamente «excepciones», o de que existen personas que pueden obtener privilegios sacramentales a cambio de favores”.

Nº 301: “Ya no es posible decir que todos los que se encuentran en alguna situación así llamada «irregular» viven en una situación de pecado mortal, privados de la gracia santificante”. Eso no ha sido posible decirlo nunca, porque nadie sabe lo que pasa detrás de las paredes de un hogar o de un dormitorio. ¿Y si no tienen relaciones sexuales?, como por otro lado sucede en parejas felizmente casadas por la Iglesia. Vivir en una situación irregular no significa necesariamente vivir en pecado. Además, para que exista éste deben cumplirse los tres requisitos clásicos que establece la moral católica: materia grave, conocimiento de la norma y libertad para cumplirla. Con frecuencia uno, dos o los tres no se cumplen, como sucede por ejemplo cuando una persona no puede no tener relaciones sexuales con su cónyuge porque se rompería esa unión y sería peor para los hijos que tiene con esa pareja. Es a eso a lo que se refiere el Papa cuando dice que una persona “puede estar en condiciones concretas que no le permiten obrar de manera diferente y tomar otras decisiones sin una nueva culpa”.

Nº 302: Insistiendo en este concepto, de la más clásica moral católica, el Papa cita el Catecismo: “La imputabilidad y la responsabilidad de una acción pueden quedar disminuidas e incluso suprimidas a causa de la ignorancia, la inadvertencia, la violencia, el temor, los hábitos, los afectos desordenados y otros factores psíquicos o sociales” (nº 1735). Y añade, refiriéndose al Catecismo: “En otro párrafo se refiere nuevamente a circunstancias que atenúan la responsabilidad moral, y menciona, con gran amplitud, «la inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de angustia u otros factores psíquicos o sociales” (nº 2352). Por esta razón, concluye el Papa: “Un juicio negativo sobre una situación objetiva no implica un juicio sobre la imputabilidad o la culpabilidad de la persona involucrada”. El Santo Padre no hace concesiones a la condena que le merecen las situaciones que él llama objetivas, pero deja el juicio sobre la persona concreta a Dios, que es el que conoce lo que hay en el corazón de cada hombre.

Nº 304: “Es verdad que las normas generales presentan un bien que nunca se debe desatender ni descuidar, pero en su formulación no pueden abarcar absolutamente todas las situaciones particulares. Al mismo tiempo, hay que decir que, precisamente por esa razón, aquello que forma parte de un discernimiento práctico ante una situación particular no puede ser elevado a la categoría de una norma. Ello no sólo daría lugar a una casuística insoportable, sino que pondría en riesgo los valores que se deben preservar con especial cuidado”. Siempre ha sido así: la Iglesia ha establecido las normas y las ha defendido a costa incluso de su vida, pero luego las ha aplicado a los casos concretos teniendo en cuenta las circunstancias. Por ejemplo, con la indisolubilidad del matrimonio: la norma es clara, pero luego la aplicación a un caso particular puede dar lugar a que un matrimonio sea declarado nulo.

Nº 305: “Por ello, un pastor no puede sentirse satisfecho sólo aplicando leyes morales a quienes viven en situaciones «irregulares», como si fueran rocas que se lanzan sobre la vida de las personas”. Este es uno de los artículos que más se están citando para atacar a los que defienden la validez del vínculo matrimonial y por lo tanto la imposibilidad de que los divorciados vueltos a casar puedan recibir la comunión. No entiendo por qué. No creo que haya sacerdotes que se sientan “satisfechos” negando esa comunión. Para mí, y estoy seguro de que es así para todos, es muy doloroso tener que decir que no, sobre todo cuando la persona concreta es alguien muy querido o incluso de la familia.

“A causa de los condicionamientos o factores atenuantes, es posible que, en medio de una situación objetiva de pecado —que no sea subjetivamente culpable o que no lo sea de modo pleno— se pueda vivir en gracia de Dios, se pueda amar, y también se pueda crecer en la vida de la gracia y la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia. El discernimiento debe ayudar a encontrar los posibles caminos de respuesta a Dios y de crecimiento en medio de los límites”. El Papa insiste aquí en la diferencia entre situación objetiva de pecado y situación subjetiva y por eso añade, en las notas marginales, que la ayuda de la Iglesia “en ciertos casos, podría ser también la ayuda de los sacramentos”. No entiendo por qué no se puede leer este artículo no sólo desde la perspectiva de la imputabilidad subjetiva del pecado cuando falta la libertad, por ejemplo, sino también desde la perspectiva de los que viven la castidad o se esfuerzan seriamente por vivirla.

Nº 307: “Comprender las situaciones excepcionales nunca implica ocultar la luz del ideal más pleno ni proponer menos que lo que Jesús ofrece al ser humano. Hoy, más importante que una pastoral de los fracasos es el esfuerzo pastoral para consolidar los matrimonios y así prevenir las rupturas”. Creo que es la verdadera conclusión que el Papa quiere hacer de su exhortación. Tengamos en cuenta las situaciones que viven los que han visto como su proyecto de familia inicial se rompía, pero no olvidemos que el ideal existe y debe ser presentado y que hay que ayudar a los que no han roto con ese ideal a que no lo rompan.

Conclusión. Aunque haya frases o artículos del documento que puedan ser interpretados en una clave rupturista con el magisterio precedente de la Iglesia, no creo que sea honesto afirmar eso. El Papa busca abrir las puertas de la Iglesia al máximo e intenta compadecerse del que está sufriendo, porque eso es lo que haría el Señor. Eso no significa que renuncie a la proclamación y defensa de las leyes morales o que, por la vía de las excepciones, éstas vayan a ser dinamitadas. Se busca un equilibrio entre ley y circunstancia personal. Eso se hace a través del discernimiento que es, por otro lado, lo que se ha hecho siempre.