Jueves, 18 de abril de 2024

Religión en Libertad

¿De verdad es legal que ayuntamiento o juez retengan el bus de HazteOir? 10 razones sugieren que no

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Parece casi seguro que la retención del bus de HazteOir no se ajusta a derecho... popularmente se llamaría una cacicada
Parece casi seguro que la retención del bus de HazteOir no se ajusta a derecho... popularmente se llamaría una cacicada

Este viernes 3 de marzo la asociación HazteOir.org presentó un recurso contra el auto del Juzgado de Instrucción nº42 de Madrid que ordenó el pasado miércoles inmovilizar el llamado "Bus que no miente" o el ya famoso "bus naranja", que exponía la frase “Los niños tienen pene y las niñas tienen vulva. Que no te engañen”.

En el auto, el juez afirmaba que en los mensajes del autobús de HazteOir.org no se apreciaba delito de odio aunque algunas personas “podrían sentirse menospreciadas”.

En el recurso presentado contra esta decisión, la asociación sostiene que no cabe la inmovilización cautelar de dicho vehículo debido a las siguientes razones:

1.- No hay afirmación alguna sobre identidades sexuales

Los servicios jurídicos contratados por HazteOir.org niegan la mayor sobre ya que la campaña “no ha reflejado en el lema del autobús ni  afirmación a favor ni afirmación en contra de la identidad sexual” supuestamente menospreciada.

Pero, aunque así hubiera sido, y se considerara delictivo, “inmediatamente se debe entender delictiva la libertad religiosa de todas las confesiones cristianas, del judaísmo y del islam, prohibiéndose inmediatamente, la publicación del Antiguo Testamento, que dice ‘varón y hembra los creó’ (Génesis, 5:2)”.

2.- La discrepancia ideológica está permitida en España

Perseguir a quien disiente de una determinada ideología, en este caso la de género, “sería algo así como perseguir a la disidencia, algo que en las sociedades democráticas se supone que no se puede hacer”, señala el recurso.

En concreto, HazteOir.org refiere que no ha habido una sola actuación equiparable a la que ha sufrido contra las diversas corrientes dentro de la llamada ideología de género que discrepan sobre el reconocimiento de un número determinado de sexos.

Algunas afirman la existencia de sólo tres sexos y niegan la existencia de más, otras en cambio hablan de cinco y otras hablan de multitud. Y no se persigue a los que sólo admite tres o cinco sexos negando el resto”, se explica.

3.- No hay ni siquiera apariencia de delito

HazetOir.org entiende que no hay delito en la circulación del autobús ni sus lemas por cinco motivos:

a) Expresarse libremente no es delito.

b) No se habla de identidad sexual ninguna, por lo que no se puede deducir que HazteOir.org niegue o afirme tal identidad “de nadie en concreto ni de ningún colectivo en particular”.

c) No existe fundamento objetivo para presumir que HO ha querido negar la identidad sexual de otros diferentes a los socios de HazteOir.org. Además “ni el juzgado ha realizado, ni puede constitucionalmente realizar, indagatoria alguna” al respecto.

d) No puede haber delito sin dolo y no hay dolo “cuando el objeto de un campaña es la concienciación sobre determinadas leyes educativas a través del regalo de un libro que es legal, pues ha sido objeto de estudio por diversas fiscalías y en todo momento y lugar han sido archivadas las actuaciones”.

e) Difícilmente puede entenderse que alguien contrate un autobús para “humillar”, pues hay métodos “más baratos, más efectivos y más clandestinos”.

4.- No se puede negar la identidad de otro

El delito imputado (menosprecio por negación de identidad sexual) “es de imposible realización, pues nadie puede negar la identidad de nadie, pues la identidad de cada cual es la imagen de cada cual se forma de sí mismo”. Por tanto, HazteOir.org sostiene que “no se puede acordar una medida cautelar en razón a una entelequia”.

5.- Habría que prohibir la filosofía clásica hasta Descartes

El recurso contra el auto que ha inmovilizado el autobús añade que la expresión “los niños tiene pene y las niñas tienen vulva” no es sino una forma de afirmar el concepto filosófico de que “la esencia es esencia”.

Por tanto, “si se hace delictivo lo que se entiende que HazteOir.org dijo, pero no dijo, debería prohibirse el estudio y la difusión de la Filosofía clásica hasta Descartes”.

6.- Aún la negación de una identidad sexual no sería condenable

Aunque insiste el recurso en afirmar que la campaña de HazteOir.org en ningún caso niega la identidad sexual persona o grupo alguno, si así hubiera sido tampoco se la podría condenar.

Es más, si se penara a alguien que construye su identidad sexual de forma excluyente, “el tribunal que le condenara podría estar cometiendo, eventualmente, el comportamiento que el tipo penal de 510 aborrece”, se argumenta.

Y añade: “Se estaría penando a alguien sólo por su orientación sexual” pese a que ésta, según la llamada ideología de género “es libre autónoma y sin límite alguno”.

7.- Medida cautelar ineficaz

La medida cautelar debe ser, en primer término, eficaz por lo que no aplica en el caso del autobús, cuyo mensaje había pasado prácticamente desapercibido al principio.

Sin embargo, la divulgación del lema ha sido multiplicada hasta llegar a otros países tanto por las declaraciones de cargos públicos como la alcaldesa de Madrid o la presidenta de la Comunidad, como por los medios de comunicación.

8.- Falta de ponderación

HazteOir.org recuerda que para acordar una medida cautelar siempre se ha de realizar “una ponderación entre el riesgo a evitar y la limitación de derechos a imponer”, que en este caso además afecta a derechos fundamentales como el que garantiza la libre expresión.

El auto que decreta la medida cautelar sólo asegura que hay “apariencia de delito” pero “por seguridad jurídica debería haber desarrollado explícitamente por qué parece tal, cosa que no hace”.

Según defiende HazteOir.org, el tipo penal sobre el que se basa el auto de medidas cautelares “tampoco es aplicable” ya que no cabe en derecho penal “la interpretación extensiva en contra del reo”.

En ese sentido, el tipo penal señala a quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones”. A juicio de HazteOir.org, “no se puede sustituir el hecho cierto de la lesión, por el hecho cierto de la lesión eventual; y mucho menos se puede sustituir la exigencia penal de una acción, con la supuesta omisión de dar el reconocimiento a no se aclara bien qué orientación sexual”.

10.- Hazteoir.org, víctima y no victimaria

HazteOir.org denuncia “una campaña de acoso y derribo” impulsada por determinados políticos de diferentes partidos que está “induciendo un clima de odio y resentimiento” que se ha concretado en “amenazas de muerte”.

La asociación expone que estos políticos “presuntamente han incitado al odio según el tipo del 510, pues las consecuencias de su campaña de desprestigio y acoso han producido determinados mensajes que espera esta parte sean perseguidos de oficio por la Fiscalía especializada en delitos de odio, pues en efecto estas comunicaciones pueden ser constitutivas de un caso clamoroso de odio por razones ideológicas de libertad de conciencia y expresión”.

Tertulia en Intereconomía analiza la reacción histérica contra el autobús que dice "los niños tienen pene"

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