Jueves, 28 de marzo de 2024

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Triduo del jubileo: ¿existe una relación cierta entre jubileo judío y jubileo cristiano?

por En cuerpo y alma

 
 
 
            Y bien, visto en lo que consiste el jubileo cristiano (pinchar para conocerlo mejor) y el jubileo judío (pinche aquí para hacer lo propio), la pregunta que nos hacemos hoy es: ¿existe efectivamente algún paralelo entre uno y otro?
 
            Desde luego el nombre, “jubileo”, procedente, como ya se ha dicho, del “jobel” o corneta hecha de cuerno de carnero con la que los judíos anunciaban a los cuatro vientos su apertura. Y eso que en el ámbito cristiano dicha práctica –ni parecida- no se lleva a efecto, y de existir algún rito característico que marque la inauguración o apertura del año, dicho rito es el de la rotura de los sellos de las puertas santas de los templos que se visitan, rito que, por cierto, no se daba entre los judíos.
 
            Sin salir de lo que atañe al nombre, vimos que ni siquiera el Papa Bonifacio VIII que instituye el jubileo lo llama así en la bula “Antiquorum fida relatio” con la que lo hace, sino que es un nombre que le viene dado por los propios peregrinos del que el primero en hacerse eco es el gran escritor Dante Alighieri en su “Inferno” y poco después también el cronista del primer jubileo, el Cardenal Stefaneschi, en su obra “De Anno Jubileo”.
 
            En segundo lugar, desde el momento en el que el cristianismo rompe con el judaísmo, -un proceso que se inicia con el Concilio de Jerusalén del año 47 y que se puede considerar culminado para finales del s. I, con incluso la posible excomunión del cristianismo desde las instancias judías-, hasta que Bonifacio VIII convoca el primer jubileo cristiano en el año 1300, pasan no menos de doce siglos completos, si no más, por lo que también desde este punto de vista queda bastante invalidada toda relación entre una institución, el jubileo cristiano, y la otra, el jubileo judío.
 
            Desde el punto de vista de la periodicidad en que uno y otro jubileo se producen, también la relación es bastante cuestionable, porque mientras el jubileo judío se convocaba cada cincuenta años, el cristiano lo hace cada veinticinco, y además, está abierto, como no lo está el judío, a que según hemos visto acontecer justamente estos días, se convoque un jubileo extraordinario fuera de fecha.
 
            La única similitud desde este punto de vista radica en que en ambos casos no se trata de una celebración que dure un día, sino que dura un año, y en ambos casos se convoca tras dejar transcurrir un largo período de tiempo. También es cierto que hubo un Papa, Nicolás V (14471455) que, quizás buscando esa referencia, ese apoyo en el jubileo judío, en 1450 intenta marcar la regla de que el jubileo cristiano se declare cada cincuenta años. Pero no menos cierto es que ello no llegó a ocurrir nunca, pues sin ni siquiera convocarse el siguiente jubileo de acuerdo con la regla establecida, ya antes otro ocupante de la silla de Pedro, Pablo II (14641471), vuelve a sentar la diferencia estableciendo, según ha quedado marcado a fuego, que el jubileo cristiano se convoque cada cuarto de siglo.
 
            Y desde lo que constituye su finalidad, ¿existe alguna semejanza entre las consecuencias a las que da lugar el jubileo judío y aquéllas a las que da lugar el jubileo cristiano? Pues bien, hemos tenido ocasión de ver que tampoco. El jubileo judío es un jubileo muy mundano, que ordena el barbecho de la tierra, la reposición de la propiedad a sus propietarios originales y la manumisión de los esclavos (o más bien siervos) judíos en posesión de otros judíos. Mientras que el jubileo cristiano, mucho más trascendente, no impone obligaciones mundanas (a no ser que se consideraran tal la confesión, la comunión y las visitas a las que obliga) y sólo ofrece las indulgencias, o remisión de las penas a cumplir en el otro mundo por los pecados cometidos en éste.
 
            Cabe establecer, si se quiere, un paralelismo entre la manumisión de los esclavos del jubileo judío y la manumisión que respecto de la esclavitud del pecado proporciona el jubileo cristiano. Y forzando aún más la comparación, incluso una segunda, la existente entre la reposición de la propiedad a su propietario original y la reposición del alma pecadora del cristiano a su estado original… pero aquí acaba el paralelismo.
 
            Así pues y para terminar, una sugerente coincidencia en el nombre y poco más. Coincidencia que, por otro lado, a lo mejor tiene más que ver con el parecido fonético existente entre el sustantivo judío “jobel” y el sustantivo latino “iubileus”, y mientras aquel se halla en el fondo de la denominación del jubileo hebreo, éste se hallaría en el del jubileo cristiano, pues una inmensa situación de júbilo (alegría) es la que se supone que produce entre los peregrinos la declaración de un año jubilar. Pero como decimos, poco más.
 
            Y bien amigos, esto es todo por hoy. Que hayan disfrutado espero, Vds., con este triduo improvisado, y que hagan mucho bien y no reciban menos, como siempre. Yo por aquí andaré mañana Dios mediante. Acompáñenme. Aquí, en la columna.
 
 
            ©L.A.
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