Una juez anula la multa de 60.000 euros que Colau impuso al bus StopFeminazis: libertad de expresión
Un ejemplo de la cultura woke o de la cancelación se da cuando las autoridades locales o regionales intentan impedir la libertad de expresión y el debate de ideas a golpe de multas y prohibiciones, pero en el caso concreto de España, si se persevera acudiendo a los tribunales, la justicia casi siempre sentencia a favor de la libertad de expresión (aunque sea tres años después).
Así ha sido en el caso del autobús #StopFeminazis de HazteOir, un vehículo que circuló por España en marzo de 2019. Ahora una sentencia muestra que los políticos locales abusan de su poder cuando intentan cancelar la libertad de expresión con multas y acoso administrativo.
Como difunde la agencia Europa Press, el Juzgado Contencioso Administrativo número 9 de Barcelona ha anulado la multa de 60.000 euros que Ada Colau, la alcaldesa de Barcelona, impuso a la asociación HazteOir.
En marzo de 2019, HazteOir hizo circular por ciudades de España un autobús con el hashtag #StopFeminazis, la imagen de un Hitler con maquillaje, un logotipo feminista con puño en alto en su gorra y dos frases:
- “No es violencia de género, es violencia doméstica”
- “Las leyes de género discriminan al hombre. Casado, Rivera, Abascal: Derogad las leyes de género”
Pablo Casado, del PP, y Albert Rivera, de Ciudadanos, eran los líderes de sus partidos en 2019, pero en 2022 ya no están en la política española.
A su paso por Barcelona, el Ayuntamiento multó a HazteOir con 60.000 euros asegurando que lo hacía por difundir “mensajes que atentan contra la dignidad de la persona o vulneran valores y derechos reconocidos en la Constitución".
También le multó con 3.500 euros adicionales por "generar alarma social" y por "interés público general".
Y añadió una tercera multa de 3.500 euros porque el autobús llevaba vinilos en los cristales y eso va contra una ordenanza municipal.
Ahora una juez barcelonesa anula las dos primeras multas. El Ayuntamiento de Barcelona se propasó y violó la libertad de expresión. La juez recuerda en su sentencia "la posición preferente que ocupa la libertad de expresión frente a otros derechos".
La magistrada constata lo que todo el mundo veía: "las expresiones utilizadas por la asociación no pueden considerarse un atentado a la dignidad humana ni a los valores constitucionales", asegura, y remarca que deben analizarse en el contexto de la asociación y su ideario contra la ley de igualdad de género.
Es decir, en España hay libertad de expresión y los ciudadanos y asociaciones tienen libertad para criticar las leyes. Y los políticos regionales o municipales no deberían usar los recursos públicos para multar a los ciudadanos por expresarse. (Solo se mantiene la multa por los vinilos, un tema 'estético' de competencia municipal).
Quedan refutados todos los que hablaban de 'crimen de odio'
Cuando el autobús recorrió varias ciudades en marzo de 2019, en vísperas de las manifestaciones feministas, muchos políticos y grupos de presión pidieron que se inmovilizara y multara acusándole de "crimen de odio".
En Barcelona, el Institut de les Dones (una entidad pública, de la Generalitat) acudió al fiscal de delitos de odio de Barcelona, Miguel Ángel Aguilar, quien a su vez pidió al juez de guardia que inmovilizase el vehículo asegurando que cometía delito contra la dignidad y los derechos las mujeres, “creando un clima que normaliza la discriminación” y “las insulta al vincular sus ideas con el régimen nacional socialista”. El fiscal hacía referencia sobre todo al busto de Hitler con el logo feminista y el lema #StopFeminazis. Pero el juez de guardia ya respondió entonces que no había tal delito, sino libertad de expresión y debate de ideas.
El Ayuntamiento, no pudiendo inmovilizarlo, procedió a multarlo: ahora, tres años después, esas multas se han anulado.
En el marco de la polémica, la prensa de izquierda radical, como ElDiario.es, enseguida acudió a consultar a juristas de asociaciones feministas, pero casi todos acababan admitiendo que en España hay mucha libertad de expresión y que se trataba de un libre de debate de ideas.
Así, Josep Maria Tamarit, catedrático de derecho penal que participó en la elaboración del 'Manual práctico para la investigación y enjuiciamiento de delitos de odio y discriminación', señaló que al fin y al cabo los textos del autobús simplemente eran una “crítica” a una determinada ideología, en este caso el feminismo, y criticar ideologías e ideas está amparado en la libertad de expresión. Pedir la derogación de las leyes de género (y cualquier otra) no es delito.
Joaquín Urías, ex letrado del Tribunal Constitucional, admitía ya entonces en el mismo medio que el autobús "directamente no incita a la discriminación: usa palabras malsonantes, tiene expresiones que no comparto acerca de lo que debe hacer el feminismo, pero no creo que alguien a causa de este autobús vaya a discriminar a las mujeres”, razonaba.
También Júlia Humet, abogada del despacho Nèmesis y miembro de Dones Juristes ("Mujeres juristas") constataba que criticar las leyes de género forma parte de la libertad de expresión. Y sobre el autobús decía: “Tengo dudas de que sea delito de odio”. Y, efectivamente, no lo era.
El Ayuntamiento de Barcelona dedicó sus recursos públicos a intentar multar el autobús a pesar de los precedentes en contra ya claros. Días antes el bus había pasado por Madrid, y el ayuntamiento madrileño emitió una nota explicando que no actuaría contra el bus porque sus lemas entraban en el derecho de libertad de expresión. El juez de guardia en Barcelona señaló la decisión del Ayuntamiento madrileño cuando decidió no inmovilizar el vehículo en la Ciudad Condal.
El precedente del bus naranja: también ganó la libertad de expresión
Anteriormente, HazteOir ya llenó páginas y portadas en marzo de 2017 con su autobús naranja con el lema "Los niños tienen pene, las niñas tienen vulva. Que no te engañen”. En esa ocasión fue la Fiscalía de Madrid la que pidió medidas cautelares que evitaran que el vehículo siguiera en las calles, y el Juzgado de Instrucción nº 42 de Madrid accedió al entender que se trataba de “un acto de menosprecio a las personas de orientación sexual distinta”. Pero finalmente otro juzgado, el de Instrucción nº 13, archivó la denuncia al considerar que “ha de primar la libertad ideológica o de expresión”.
(Incluso en una encuesta de lectores de El País una mayoría defendía en 2017 que el bus simplemente ejercía la libertad de expresión).
Todos estos precedentes deberían haber convencido al Ayuntamiento barcelonés de que la libertad de expresión amparaba al autobús, pero por hostilidad ideológica se decidió gastar los recursos de los barceloneses en un proceso sancionador que ahora el juez ha anulado.
Después de Barcelona, el autobús fue a Valencia, donde la Policía local lo inmovilizó, pero no acusándolo de delito de odio, sino con la excusa de incumplir el reglamento de vehículos que prohíbe láminas de plástico en los cristales.
En Valencia la Policía detuvo el autobús y se lo llevó para retirarle los vinilos.
Barcelona está gobernada por Ada Colau desde 2015, que ha destacado por su militancia en la ideología de género y abundantes gestos de despecho hacia lo religioso (a veces felicita el Ramadán, pero nunca las fiestas cristianas).
Un último ejemplo de este sectarismo se vio en Navidad de 2021, cuando el ayuntamiento barcelonés prohibió los anuncios de Navidad de la ACdP en transportes públicos, una campaña que se difundió sin problemas en muchos otros municipios de toda España.
En las elecciones municipales de 2019 Colau sólo obtuvo un 20% de los votos emitidos, pero fue reelegida por el apoyo de los concejales del Partido Socialista y 3 del grupo de Manuel Valls.
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Lea también aquí (con datos de 2017 que cada vez se demuestran más confirmados): ¿De verdad es legal que ayuntamiento o juez retengan el bus de HazteOir? 10 razones sugieren que no.