Martes, 19 de marzo de 2024

Religión en Libertad

El juez confirma que el arzobispo de Oviedo es el superior de todas las asociaciones de Lumen Dei

ReL

El auto confirma a monseñor Sanz Montes como superior de las tres organizaciones que llevan el nombre de Lumen Dei, dado que son la misma.
El auto confirma a monseñor Sanz Montes como superior de las tres organizaciones que llevan el nombre de Lumen Dei, dado que son la misma.
El juzgado de primera instancia nº 77 de Madrid ha ratificado que el arzobispo de Oviedo, Jesús Sanz Montes, comisario pontificio de Lumen Dei desde 2009, lo es de las tres organizaciones que incluyen ese nombre, en la medida en que las tres son una y la misma.

Estas tres organizaciones son la Asociación Lumen Dei, creada en 1975 e inscrita en el registro de entidades religiosas; la Unión Sacerdotal Lumen Dei, asociación pública de fieles erigida en Cuenca en 1986; y la Unión Lumen Dei constituida en Cuenca en 1986, que es la que depende del Vaticano.

Aunque el auto se ha conocido esta semana, tiene fecha 2 de junio y corresponde a la vista celebrada el 29 de mayo, en la que los demandantes pedían la suspensión cautelar de los poderes de monseñor Sanz Montes sobre Lumen Dei.

El juez, en consonancia con el ministerio fiscal, deniega dicha petición, al considerar que está acreditado con la abundante documentación aportada que Pía Unión Lumen Dei y Unión Lumen Dei es la misma asociación y así actúa indistintamente tanto internamente como en el tráfico jurídico: "La copiosa documental aportada (administrativa, escrituras públicas, documentación interna…)", dice el auto, "refleja que desde finales del siglo pasado Pía Unión Lumen Dei y Unión Lumen Dei actúan indistintamente con el nombre Lumen Dei o/y Unión Lumen Dei o ambos conjuntamente en sus relaciones internas o externas en sus diferentes ámbitos de actuaciones. También apuntan en el mismo sentido las declaraciones prestadas en juicio. Los indicios que se desprenden de la documental y los testimonios empañan la apariencia del buen derecho en que se debe fundar la solicitud de la medida cautelar, por lo que al no concurrir los requisitos prescritos, se deniega la medida cautelar solicitada, sin prejuzgar el fondo del asunto".

El fondo del asunto son las decisiones tomadas por monseñor Sanz Montes, en el ejercicio de sus funciones, sobre los bienes de Lumen Dei, tomadas en virtud del poder notarial recibido el 9 de julio de 2009 por el arzobispo de Oviedo, en virtud del cual aceptó el cargo de comisario pontificio designado por la Santa Sede e hizo constar que el mismo era para las tres asociaciones.

Pincha aquí para leer el auto en su integridad.
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