Jueves, 25 de abril de 2024

Religión en Libertad

Artículo en «L´Osservatore Romano»

Fernando Ocáriz fija un poco más los términos del debate sobre el Concilio Vaticano II

El vicario general del Opus Dei tomó parte en las conversaciones doctrinales con la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.

ReL

Fernando Ocáriz.
Fernando Ocáriz.

Aunque enfocado al 50º aniversario de la convocatoria del Concilio Vaticano II, conmemoración que tendrá lugar el próximo día de Navidad, el artículo de Fernando Ocáriz publicado este viernes en L´Osservatore Romano viene a fijar la posición de la Santa Sede en las conversaciones doctrinales que mantiene con la Fraternidad Sacerdotal San Pío X (FSSPX), fundada en 1970 por al arzobispo francés Marcel Lefebvre (19051991).

Monseñor Ocáriz, vicario general del Opus Dei, formó parte de la comisión que desarrolló esos encuentros durante dos años, tras los cuales el cardenal William Levada, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, entregó el 14 de septiembre al superior general de la FSSPX una propuesta. El obispo Bernard Fellay anunció esta semana que la respuesta de su congregación llegará en breve.

Diferentes grados de adhesión
Ambas partes coinciden en que el meollo de la cuestión es la interpretación del último concilio. En ese sentido, Ocáriz fija las pautas de la posición del Vaticano "Sobre la adhesión al Concilio Vaticano II", como se titula un artículo que reconoce "luces y sombras" en su "recepción y aplicación" y versa sobre "la debida adhesión intelectual" que merecen sus enseñanzas, "teniendo en cuenta la persistencia de perplejidades manifestadas, incluso en la opinión pública, en relación con la continuidad de algunas enseñanzas conciliares respecto a las precedentes enseñanzas del Magisterio de la Iglesia".

"La intención pastoral del Concilio no significa que éste no sea doctrinal", recuerda, aunque "no definió ningún dogma, en el sentido de que no propuso mediante acto definitivo ninguna doctrina". Sin embargo, "toda expresión de Magisterio auténtico hay que recibirla como lo que verdaderamente es: una enseñanza dada por los Pastores" con un "carisma, autoridad y luz [que] ciertamente estuvieron presentes en el Concilio Vaticano II; negar esto a todo el episcopado cum Petro y sub Petro, reunido para enseñar a la Iglesia universal, sería negar algo de la esencia misma de la Iglesia".

Tras esta aclaración, monseñor Ocáriz hace otra: "Naturalmente no todas las afirmaciones contenidas en los documentos conciliares tienen el mismo valor doctrinal y por lo tanto no todas requieren el mismo grado de adhesión".

Aquellas afirmaciones que no son de fe requieren de los fieles el grado de adhesión denominado “religioso asentimiento de la voluntad y de la inteligencia”, esto es, un acto de obediencia "no sencillamente disciplinaria, sino enraizada en la confianza en la asistencia divina al Magisterio".
 
En cuanto a elementos "no propiamente doctrinales, [sino] de naturaleza más o menos circunstancial (descripciones del estado de las sociedades, sugerencias, exhortaciones, etc.)... deben acogerse con respeto y gratitud, pero no requieren una adhesión intelectual en sentido propio".

Novedades, dificultades, interrogantes
Monseñor Ocáriz reconoce que "en el Concilio Vaticano II hubo varias novedades de orden doctrinal: sobre la sacramentalidad del episcopado, sobre la colegialidad episcopal, sobre la libertad religiosa, etc.", algunas de las cuales "fueron y siguen siendo objeto de controversias sobre su continuidad con el Magisterio precedente, o bien sobre su compatibilidad con la Tradición".
 
Frente a estas dificultades, hay que "buscar una interpretación unitaria en la que los textos del Concilio Vaticano II y los documentos magisteriales precedentes se iluminen recíprocamente. No sólo hay que interpretar el Vaticano II a la luz de documentos magisteriales precedentes, sino que también algunos de éstos se comprenden mejor a la luz del Vaticano II".

Por tanto, en la línea de la "hermenéutica de la continuidad" que impulsa Benedicto XVI, esas novedades "no contradicen a nivel doctrinal los documentos magisteriales precedentes, si bien en algunos casos –por ejemplo, sobre la libertad religiosa– comporten también consecuencias muy distintas a nivel de las decisiones históricas sobre las aplicaciones jurídico-políticas, vistos los cambios en las condiciones históricas y sociales".
 
Al tiempo que "una interpretación auténtica de los textos conciliares puede realizarse sólo por el propio Magisterio de la Iglesia", afirma Ocáriz que "en cualquier caso, siguen siendo espacios legítimos de libertad teológica para explicar de uno u otro modo la no contradicción con la Tradición de algunas formulaciones presentes en los textos conciliares y, por ello, para explicar el significado mismo de algunas expresiones contenidas en esas partes".

Pinche aquí para leer el texto completo del artículo.

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