Sábado, 20 de abril de 2024

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De lo que nos cuestan diputados y senadores

por Luis Antequera

 
            La crisis ha traído a la mesa de debate uno que debería haber figurado en ella hace mucho tiempo, pero cuyo retraso no lo hace menos bienvenido. Trátase del de las remuneraciones de nuestros políticos, de las que tan poco informados estamos, y ello aún a pesar de que las pagamos todos y cada uno de nosotros.

            Me voy a centrar aquí en el de un importante colectivo que figura entre los más mediáticos de los que conforman la clase política: diputados y senadores, “los padres de la patria”. Y lo voy a concretar en cuatro apartados: 1º) sueldos; 2º) régimen de pensiones; 3º) indemnizaciones; 4º) otras prebendas. De las cuales, hoy, para no hacérselo muy largo a Vds., trataremos sólo las dos primeras, y otro día más adelante, las dos últimas.
 
            Empecemos pues, por sus sueldos. La información que voy a proporcionarles procede de la página del Congreso de los Diputados:
 
            Pues bien, los sueldos de nuestros diputados y senadores son los siguientes:
 
 
Sueldo
Dietas
Total
Si son de Madrid
33.766,-
10.446,-
44.212,-
Si no son de Madrid
33.766,-
21.886,-
55.652,-
 
            A esto habría que añadir los siguientes complementos mensuales en función del cargo que se ostente en la cámara:
 

Cargo
Miembro de la mesa
Gastos
de
Representación
Gastos de
Libre disposición
Total
al
mes
Presidente
 
3.065,-
3.328,-
2.729,-
9.122,-
Vicepresidentes
 
1.210,-
1.011,-
707,-
2,928,-
Secretarios
 
944,-
818,-
677,-
2,439,-
Portavoces de grupos parlamentarios
 
1.741,-
926,-
2.667,-
Portavoces adjuntos de grupos parlamentarios
 
1.425,-
662,-
2.087,-
Presidentes de comisiones parlamentarias
 
1.431,-
 
1.431,-
Vicepresidentes de comisiones parlamentarias
 
1.046,-
 
1.046,-
Secretarios de comisiones parlamentarias
 
698,-
 
698,-
Portavoces de los grupos en las comisiones
 
1.046,-
 
1.046,-
Portavoces adjuntos en las comisiones
 
698,-
 
698,-
 
            Lo que en resumidas cuentas, quiere decir que sólo por estos conceptos, apenas una veintena o poco más de diputados, los que sean de Madrid y no tengan ningún complemento, salen por 44.000 €/año; la gran mayoría de ellos, esto es, todos los de provincias, alcanza los 55.000€/año; y casi un centenar de los miembros del Congreso, uno de cada tres prácticamente, esto es, todos aquéllos que tienen alguno de los numerosos cargos que dan derecho a complementos, se colocan entre los 65.000 € al año y los más de 165.000 del Presidente.
 
            No creo que nadie –y el Sr. Durán Lleida tampoco- pueda decir que están nuestros padres de la patria mal retribuídos. Aún así, si sólo se tratara de las partidas contempladas hasta aquí, poco sería lo que yo reprochara a Sus Señorías, depositarios de una responsabilidad que, cuando bien ejercida, no debe ser remunerada, en mi opinión, en menos.
 
            Lo grande no está en esto, sino en todo lo que viene detrás y no se ve, que son, lamentablemente, demasiadas cosas.
 
            Para empezar, la parte de las dietas de las que hablamos arriba está exenta de tributación en virtud del artículo 17.2.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que determina que serán considerados rendimientos del trabajo las cantidades que se abonen, por razón de su cargo, a los diputados españoles en el Parlamento Europeo, a los diputados y senadores delas Cortes Generales [...], "con exclusión, en todo caso, de la parte de aquellas que dichas instituciones asignen para gastos de viaje y desplazamiento". O sea, justamente las dietas.
 
            Y ello a pesar de que la misma ley en su artículo 17.1.d establece la que, sometida a algunas matizaciones es la regla general para el común de los españoles, a saber: se considerarán rendimientos íntegros del trabajo [...] las dietas y asignaciones para gastos de viaje” .
 
            Quiere esto decir que, sin considerar los complementos por cargo especificados arriba, están exentos de tributar por renta el 23,63% de las asignaciones salariales de los diputados y senadores que sean de Madrid, y el 39,33% de las de los que sean de provincias. No se trata de un ahorro baladí para nuestros padres de la patria -cabría hablar de una aumento "invisible" de la remuneración cercana al 20% de ella, según el caso-, y sí, en cambio, de una discriminación importante para con los ciudadanos que les pagamos.

            Por último, por lo que al salario se refiere, informan La Gaceta y otros medios(*) que Hacienda sólo retiene un 4,5% de las nóminas de diputados y senadores”, y si bien es verdad que a la hora de declarar por IRPF diputados y senadores habrán de regularizar su situación, no deja de ser una cantidad con la que financiarse que el resto de los españoles, a los que nos retienen de acuerdo con una tabla de IRPF, nos tenemos que procurar mediante créditos bancarios muy caros. Y eso cuando nos los dan.

            Vayamos ahora con el segundo de los puntos que nos proponíamos tocar hoy: su régimen de pensiones, absolutamente excepcional en el panorama patrio, recogido en el Reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los ex-parlamentarios, aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en su reunión del día 11 de julio de 2006.
 
            Pues bien, el artículo 3.1 de dicho Reglamento establece que diputados y senadores tendrán derecho a percibir la cifra anualmente establecida como límite máximo de percepción de pensiones públicas” en unos porcentajes que son los que establece el artículo 3.4, a saber:
 
- “a) De siete a nueve años de mandato, el 80 por ciento.
- b) Por más de nueve años y hasta once años de mandato, el 90 por ciento.
- c) Por más de once años de mandato, el 100 por ciento.”
 
            Es decir, basta con haber “trabajado” en alguna de las cámaras de las Cortes durante once años, para tener derecho al 100% de una pensión (que además es la máxima), cuando ese régimen, para el común de los españoles, se eleva a treinta y cinco años (y con el nuevo proyecto en marcha hasta más allá de los treinta y ocho). Bastante menos de la tercera parte que un español normal. ¡Ojo! que con haber trabajado sólo siete años, tienen ya derecho nuestros padres de la patria al 80% de la pensión máxima. ¿Cuantos son los españoles que alcanzan esa situación después de trabajar treinta y cinco? 
 
            La situación es aún mejor para los diputados y senadores que lo hayan sido durante la totalidad de la Legislatura Constituyente y de la Primera Legislatura [que] devengarán el derecho a la pensión parlamentaria establecida en el artículo 1 aunque no hayan tenido la condición de parlamentarios durante al menos siete años” (Disposición adicional segunda)
 
            Y ni siquiera es la única situación en la que sin haber profesado siete años, se puede acceder a la pensión en cuestión, pues establece el artículo 7 del mismo Reglamento una nueva excepción que es la siguiente.
 
            El ex-parlamentario que, en el momento de su cese, haya cumplido 55 años o los cumpla en el año en que se produzca la disolución de la Cámara y carezca de una actividad profesional o laboral permanente por cuenta propia o ajena, tendrá derecho a que por las Cortes Generales se le mantenga en situación de alta en la Seguridad Social hasta que complete el periodo de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación”.

            ¡Bonita manera de pasar un ratito por cualquiera de las dos cámaras de las Cortes, una sustitución por ejemplo, y no volver a pegar un palo al agua en la vida!
 
            Otro día hablaré a Vds. de los dos apartados que me propongo abordar y de los que todavía no hemos hablado: indemnizaciones y otras prebendas. Día en el que como siempre les digo, por aquí espero verles. Pero eso será, naturalmente, si así lo consideran Vds. oportuno.
 

                (*) Para ser totalmente sincero con Vds., no he encontrado el texto legal en el que pueda basarse este privilegio, por lo que me limito a citar la fuente periodística de la que lo extraigo. Si alguno de Vds. puede informarme al respecto, su aportación será muy agradecida.
 
 
 
 
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