Viernes, 26 de abril de 2024

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De la ilegalización del burka y el nikab en Bélgica y en Francia

por Luis Antequera


            A vueltas andamos en España con el hiyab de Najwa, cuando en Europa son prendas algo más aparatosas las que centran el debate nacional, cosa que ocurre concretamente en dos países que se disputan el trofeo de ser el primer país europeo en sancionar la utilización impropia de vestimentas como el burka o el nikab, prendas que, aunque muy semejantes y tendentes las dos al total ocultamiento del físico de una mujer, se diferencian, a lo que se ve, en la mínima abertura prevista para los ojos de la femenina usuaria, a razón de un especie de rejilla en el burka, y de una suerte de rendija en el nykab.

 
            En Bélgica, la ilegalización en cuestión ha sido ya votada en el Congreso, donde ha registrado una unanimidad digna de reseña, 136 diputados de los 138 asistentes, y reza como sigue:
 
            “Serán castigados con multa de 15 a 25 euros y prisión de 1 a 7 días o con una sola de las dos penas aquéllos que, salvo disposiciones legales contrarias, se presenten en los lugares accesibles al público con el rostro enmascarado o disimulado en todo o en parte, de manera que no sean reconocibles”.
 
            No se trata pues de una ilegalización de la prenda en sí, sino de su uso en espacios públicos. Reserva a la que añadir una segunda, cual es la excepción de su portado en días festivos especiales previamente determinados por una ordenanza de policía.
 
            El proyecto de ley debería pasar al Senado, pero puesto que los belgas están pendientes de próximas elecciones, es muy posible que, al menos a corto plazo, no se vea convertido en ley y por lo tanto no tenga ejecutividad alguna.
 
            En la vecina Francia el debate discurre por parecidos derroteros, si bien con alguna peculiaridad digna de mención. La iniciativa, en su fase de anteproyecto pendiente de recibir el dictamen del Consejo de Estado para ser presentado al Consejo de Ministros el próximo 19 de mayo, es desvelada hoy por el diario Le Figaro. Al igual que en Bélgica, lo que se proscribe no es la prenda en sí, sino su uso en espacio público. Como en Bélgica, se propone una sanción pecuniaria, aunque algo más elevada, hasta 150 Euros: Pero por el contrario de lo realizado en Bélgica, junto al portado de la prenda, se prevé una segunda conducta sancionable con la que el prelegislador se muestra mucho más taxativo. Trátase del delito de nueva creación llamado “instigación al ocultamiento del rostro en razón de sexo”, que comete todo aquél que obliga a una mujer a portar las prendas sancionadas y a quien se puede llegar a castigar con hasta 15.000 Euros de multa y privación de libertad.
 
            La prohibición, según aclara un portavoz del Gobierno a Le Figaro, no se hace con la intención de proteger a la sociedad francesa del islamismo, ni siquiera en nombre del laicismo republicano del que tan celosos son nuestros vecinos, sino para proteger los derechos fundamentales de la mujer.
 
            El debate pronto llegará a España. Ya tenemos sobre la mesa una versión edulcorada del mismo: el caso de la niña que ha querido imponer a todo su instituto la uniformidad a seguir. Pronto estaremos en versiones más avanzadas del mismo, porque la del burka y el nykab es una realidad cada vez más cotidiana entre nosotros. Antes de que empecemos a enzarzarnos en los debates tan del gusto hispánico, con las rutinarias alusiones a la ideología que gobernó Italia entre los años 1922 y 1945 carentes de todo contenido y cuyo único objetivo es descalificar al contrario, más vale que vayamos tomando nota de lo que están haciendo quienes, por haberlo conocido antes, llevan más tiempo que nosotros reflexionando sobre el tema.
 
 
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