Martes, 23 de abril de 2024

Religión en Libertad

¿Cuándo una Ley es Ley?


El Estado puede exigir sacrificios a las personas particulares a fin de obtener el bien común temporal. Pero ha de tener en cuenta que su fin es facilitar la promoción y perfeccionamiento temporal de sus individuos con objeto de que no sean simplemente súbditos, sino ciudadanos corresponsables en el bien común.

por Pedro Trevijano

Opinión

Ante la proliferación de leyes anticristianas del actual Gobierno, uno no puede por menos de preguntarse si son leyes de verdad.  Mientras para relativistas y positivistas el fundamento del Derecho es el propio Estado, que es quien nos concede nuestros derechos, para otros, nosotros los creyentes, los derechos humanos se basan en nuestra dignidad intrínseca y no son concesiones graciosas del Estado, siendo inválida toda Ley que menoscabe los derechos humanos. La cuestión, por tanto, es: ¿cuándo una Ley es verdadera Ley?.

Para los primeros la Ley debe expresar la voluntad popular, que conocemos por medio del Parlamento. Lo Legal se transforma en Moral y a eso hay que obedecer. En cambio para quienes creemos que las leyes se basan en un Orden Moral Objetivo, superior al hombre y por tanto nadie, ni siquiera el Estado, puede arrebatarnos nuestros derechos, entendemos por Ley la conocida definición de Santo Tomás: ordenación de la razón al bien común y promulgada por aquél que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad (Summa Theologica I-II, q. 90. 4 c.). Si hubiera alguna ley que no cumpla alguna de estas condiciones, no sería una verdadera ley.
 
Examinemos en consecuencia la definición de Santo Tomás. Ordenación de la razón: Hay un principio moral que dice: "Sólo es moral, lo que es conforme a la razón". Por ello la actividad del legislador debe basarse en la razón, aunque supone también una decisión suya, porque debe conocer los fines que se propone y los medios aptos para conseguirlos. Si un comportamiento resulta inadmisible, no es por estar prohibido, sino justamente por su carácter deshumanizador.

Este carácter racional hace que no puedan ser leyes impuestas a los súbditos:
a) Los pecados. El pecado es lo contrario a la ley de Dios y por tanto no puede tener en ésta su fundamento. Además es el mal, lo irracional, lo absurdo, es decir algo que no puede ser ordenación de la razón. Una ley que imponga un pecado deberá ser desobedecida, pues "es preciso obedecer a Dios antes que a los hombres"(Hch 5,29), es decir la objeción de conciencia no es sólo un derecho, sino también un deber, si bien a veces las leyes pueden tolerar algunos pecados como mal menor.

b) Las estupideces, por ejemplo la ideología de género. Una ley idiota no puede ser verdadera ley, al no ser ordenación de la razón. Aquí el problema es algo más difícil, pues en bastantes ocasiones no es tan fácil distinguir lo que es una imbecilidad de lo que no lo es, debido a la diferencia de criterios, y además hay puntos de tan poca importancia que no vale la pena luchar por ellos, teniendo además presente que un poco de sentido del humor no viene mal. Está claro que cuanto mayor sea la categoría de la autoridad y la importancia de la ley, mayores argumentos y mayor certeza se ha de exigir para que el ciudadano pueda apartarse con conciencia tranquila de la ley, e incluso en este caso deberá ver antes de su aparente desobediencia (porque al no haber en realidad ley, no hay desobediencia), cuales son las consecuencias positivas o negativas de su acción.

Al bien común: El bien común es "la suma de aquellas condiciones de la vida social mediante las cuales los hombres pueden conseguir con mayor plenitud y facilidad su propia perfección y consiste primordialmente en el respeto a los derechos y deberes de la persona humana"(Concilio Vaticano II Dignitatis Humanae nº 6). Supone en primer lugar el respeto a la persona en cuanto tal, con especial atención a la protección y promoción de los más débiles y marginados. En segundo lugar el bien común exige el bienestar social y el desarrollo del grupo mismo.

 Como el legislador debe proceder buscando el bien común, ello significa que no puede proceder a su antojo y provecho. Hay que tener en cuenta que la sociedad funciona mejor no cuando la ley le dicta a cada uno lo que tiene que hacer, sino más bien cuando trata de crear el clima en el que los individuos y grupos pequeños pueden ejercitar su creatividad e iniciativa para el bien de toda la comunidad. Las leyes no deben ser un plan detallado que encauce y dirija toda la actividad humana, ya que su fin no es hacer buenas o justas a las personas, sino protegerlas de la injusticia. Como dice la Dignitatis Humanae: "por lo demás se debe observar en la sociedad la norma de la íntegra libertad, según la cual la libertad debe reconocerse en grado sumo al hombre y no debe restringirse sino cuando es necesario y en la medida en que lo sea"(nº 7).

En esta línea la opinión pública puede y debe ser un auténtico contrapoder, que vigila e impide graves abusos por parte del poder. No es sano tampoco para la vida pública que las autoridades superiores impidan el recto ejercicio de las responsabilidades de las instancias inferiores, insistiendo la enseñanza de la Iglesia en que familias, asociaciones sindicales, culturales, vecinales y religiosas puedan jugar libremente su papel; es lo que se designa con el nombre de principio de subsidiaridad.

El Estado puede exigir sacrificios a las personas particulares a fin de obtener el bien común temporal. Pero ha de tener siempre en cuenta que su fin es facilitar la promoción, desarrollo y perfeccionamiento temporal de sus individuos miembros con objeto de que no sean simplemente súbditos, sino ciudadanos corresponsables en el bien común. Es decir el Estado está obligado a evitar el aplastamiento de la persona en aras del bien común colectivo, bien común que es la resultante y no la suma de los bienes individuales. La finalidad del Estado es favorecer el desarrollo de la persona.

El Estado debe tratar por una parte de evitar el laicismo que prescinde totalmente de los valores religiosos, y por otra el integrismo o fundamentalismo, y su secuela el clericalismo, que intentan subordinar lo civil a lo religioso, sin respetar la legítima autonomía de lo temporal; ninguna de estas formas puede decirse auténticamente cristiana.

Promulgada: Las leyes para que tengan valor y obliguen a los súbditos han de ser publicadas y promulgadas.
La promulgación es el acto por el que el legislador informa a la comunidad que una norma es obligatoria. Es un elemento esencial de la ley, puesto que ésta es la norma de la actividad social y por ello debe ser manifestada.

La ley queda establecida cuando se promulga, que generalmente suele ser su publicación en el Boletín Oficial correspondiente. Consecuencia de esto es que las leyes secretas no pueden obligar, puesto que les falta un elemento esencial para ser ley. Igualmente tampoco puede ser ley ni tener pretensión de serlo la opinión privada de la autoridad. 

No olvidemos que si bien desde el punto de vista jurídico la ley obliga aunque no llegue a ser conocida por alguna persona concreta, conforme al principio "la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento", desde el punto de vista moral el conocimiento de la ley es necesario para que pueda tener valor de obligación, a menos que se trate de ignorancia culpable.

Por aquél que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad: Esta última parte de la definición de ley nos presenta el problema del concepto de autoridad y de su uso en relación con la comunidad, entendiendo por ésta aquella asociación de personas que es capaz de bien común propio.

Toda comunidad humana necesita una autoridad que la rija, siendo verdad que "la autoridad exigida por el orden moral emana de Dios"(Catecismo de la Iglesia Católica nº 1899). La diferencia entre la autoridad que emana de Dios y la que considera que no hay nadie por encima de ella, está en que la primera sabe que Alguien le va a pedir cuentas de sus actos, mientras que la otra, la concepción relativista, se cree la Autoridad Suprema, sin nadie encima suyo, y por tanto puede hacer lo que le venga en gana, dejando, como nos muestra la Historia, la puerta abierta al totalitarismo.
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