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UN PROFESOR LO DENUNCIÓ LA PASADA NAVIDAD
Sentencian en Murcia que colocar un belén en un instituto no vulnera ningún derecho
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha dictado una sentencia en la que establece que colocar un belén en un instituto de esa ciudad no vulneró ningún derecho, por lo que defiende su instalación.
Actualizado 30 noviembre 2009  
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R.B./ReL   
Los hechos se remontan a diciembre de 2008, cuando un profesor del centro murciano interpuso un recurso contencioso administrativo contra la Consejería de Educación pidiendo la retirada de un belén expuesto en el vestíbulo del instituto. El demandante alegó que la colocación de dicho belén «vulnera el derecho a la igualdad y el derecho a la libertad religiosa». Solicitó a la Consejería que lo retirara, «no imponiendo a los usuarios del servicio público educativo ninguna simbología religiosa en los espacios académicos y a no decantarse ni favorecer, ni hacer proselitismo de ninguna confesión religiosa», y alegó, además, que el belén reducía el vestíbulo al ocasionar «un cuello de botella», aumentando los riesgos y los daños que podrían generarse en caso de una emergencia o evacuación.

La Consejería de Educación se opuso al recurso alegando que la instalación del belén y la actividad para decorar el centro «son programadas por los órganos competentes del centro que cuentan con cobertura legal» y consideró que la ubicación de dicho belén no originaba peligro alguno, basándose en un informe del técnico de prevención de riesgos laborales.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia estima que la instalación del belén no viola los derechos fundamentales alegados por el demandante y observa que «no vivimos en un Estado laico, sino aconfesional. Por lo tanto, la neutralidad del Estado y de las administraciones no debe llegar al extremo de limitar o restringir las libertades o derechos de los ciudadanos, ya que podría darse en ese caso una discriminación negativa». Por su parte, el fiscal objeta: «Otra cosa sería que el Estado o la Administración hubieran permitido la realización de determinadas actividades o manifestaciones religiosas a una confesión y a su vez hubiera prohibido las mismas u otras análogas a otras».

El tribunal considera garantizada «la libertad ideológica, religiosa y de culto» ya que el centro no prohíbe otras manifestaciones de índole religiosa distinta de la católica y, además, las actividades son voluntarias.
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Caridad Muñoz Canovas
11/12/2009
La Navidad.
La celebración de la Navidad es de raíces cristianas, y todo el mundo quiere celebrar,¿qué es lo que desean los que se quejan y los no creyentes, no trabajar en esas fechas o dar la lata con sus ideas contrarias a las de la mayoría de los españoles?
la Navidad es tiempo de Paz y Amor, de unión y solidaridad entre todos los hom hombres y el hombre con su medio, es un tiempo de reflexión, sólo el hombre de buen corazón sabe apreciar este tiempo.
Respetemos lo que la mayoría desea y que no vengan unos pocos a cambiar nuestras raíces preciosas y que nos llenan de protección y amor. FELIZ NAVIDAD , PAZ Y AMOR EN LOS CORAZONES DE LOS HOMBRES DE BUENA VOLUNTAD
Altamira
01/12/2009
Buenas noticias.
Buena noticia. Pero mejor noticia sería que muchos cristianos dependemos de Cristo antes que de los tribunales de los hombres. La historia nos pone a prueba. Lo importantes es salir adelante.
antonio grande
30/11/2009
sentencian en Murcia....
¡ Què noticia tan ridìcula !, quiero decir el que haya que esperar aque todo un tribunal diga lo que està bien o està mal. Asì tendrìamos que hacer cola para pedir permiso al Juez hasta para... No caigamos en lo ridìculo, por favor
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