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Actualizado 21 marzo 2012
En el día del Sindrome Down. Están más seguros con la ley Aido que con la ley Ledesma

Hoy ventiuno de Marzo es el día mundial del Síndrome de Down.

La fecha no es casual, y es que hoy es el 21-3, que nos recuerda la triplicación del cromosoma 21, llamado comunmente Síndrome de Down (técnicamente no todas las personas con síndrome de Down tienen tres copias de dicho cromosoma, pero sí la gran mayoría).


En España en los últimos años ha disminuido en un 95% el nacimiento de niños afectados por este trastorno

¿Un triunfo de la ciencia? No, un triunfo de la eugenesia

Los niños con síndrome Down están expuestos a la eugenesia que contemplan las constitucionales leyes abortistas del Sistema y son asesinados en su inmensa mayoría antes de nacer

Conviene recordar que a raíz de aplicar la ley que gusta a Rajoy, la abortista ley Ledesma, se les empezó a eliminar, puesto que tras el diagnóstico prenatal que se mostraba al detectar la trisomía una gran mayoría eran abortados ateniéndose al supuesto de salud del bebe en estado de feto


http://admin.religionenlibertad.com/archivos/religionenlibertad.com//boe1985Down.jpg
 

Y que la actual ley (con Rajoy ya 100 días en el poder ha tenido tiempo para subir impuestos, bajar sueldos y facilitar los despidos pero todavía no ha derogado una ley que lleva alrededor de 30.000 muertos en esos 100 días con el dirigente del PP en el poder) contempla, en su Artículo 15 Apartado b, que el niño tenga síndrome de Down puede ser asesinado legalmente antes de nacer durante sus veintidos primeras semanas de vida

http://admin.religionenlibertad.com/archivos/religionenlibertad.com//boeDown.jpg



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Desde luego para los niños que padecen Síndrome de  Down es mejor la ley Aido (que ha provocado tantas revueltas contra Zapataero), que la ley Ledesma (la que mantiene callada a la derecha social, la que se manifiesta sólo contra Zapatero, porque le gusta a la derecha política dirijida por Rajoy) que permite su asesinato sin límite de plazo.

Con la ley Ledesma pueden ser asesinados durante los nueve meses del embarazo si los médicos consideran que tener un niño disminuido  puede causar problemas psiquicos a la embarazada, mientras que con la ley Aido sólo durante las 22 primeras semanas.
 


http://admin.religionenlibertad.com/archivos/religionenlibertad.com//24semuerto.jpg
Este aborto es de un bebe con 24 semanas.
Este aborto no se puede producir con la ley Aido por sobrepasar as 22 primeras semanas
Se puede producir con la Ley Ledesma, alegando el primer supuesto, que es la ley  que quiere recuperar el PP, y contra el cual no se manifiestan las organizaciones "cívicas"


En el año 2010, el año en que convivieron la lay Ledesma y la ley Aido se produjo un ratio de asesinatos de  314,4354838709677 por día y 304,7262569832402 por día, respectivamente
 
Como se vé a efectos prácticos, los importantes, los del número de inocentes exterminados al amparo de la legislación constitucional es igual la ley despenalizadora (la que le parece bien al PP y aplicó durante sus anteriores mandatos) que la ley liberalizadora
 
Si nos  ponemos rigoristas podríamos decir que la ley Aido ha supuesto diez niños menos asesinados por día.

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http://www.sindromedown.net/index.php?idMenu=6&idIdioma=1

El síndrome de Down


El síndrome de Down es una alteración genética producida por la presencia de un cromosoma extra (o una parte de él) en la pareja cromosómica 21, de tal forma que las células de estas personas tienen tres cromosomas en dicho par (de ahí el nombre de trisomía 21), cuando lo habitual es que sólo existan dos.

Este error congénito se produce de forma espontánea, sin que exista una justificación aparente sobre la que poder actuar para impedirlo. No hay que buscar culpables. 

  • UN POCO DE HISTORIA
El síndrome de Down debe su nombre al apellido del médico británico John Langdon Haydon Down, que fue el primero en describir en 1866 las características clínicas que tenían en común un grupo concreto de personas, sin poder determinar su causa.

Sin embargo, fue en julio de 1958 cuando el genetista francés Jérôme Lejeune descubrió que el síndrome consiste en una alteración cromosómica del par 21. Por tanto, la trisomía 21 resultó ser la primera alteración cromosómica hallada en el hombre.

El síndrome de Down es la principal causa de discapacidad intelectual y la alteración genética humana más común: 1/700 concepciones. La incidencia aumenta con la edad materna, especialmente cuando ésta supera los 35 años, siendo éste el único factor de riesgo demostrado de tener un hijo con síndrome de Down.

  • CUANDO LLEGA UN NIÑO CON SÍNDROME DE DOWN
Desde las 83 asociaciones integradas en DOWN ESPAÑA prestamos apoyo a las familias desde el momento mismo en que los padres reciben la noticia de que esperan o han tenido un hijo con síndrome de Down. Estar con ellos desde el primer instante no solo es beneficioso para los padres, que sienten que no están solos, sino también para el recién nacido, con el que empezará a trabajar de inmediato todo un equipo multidisciplinar de profesionales para intentar paliar, en lo posible, los efectos que sobre su desarrollo provoca el exceso de carga genética.

Además, DOWN ESPAÑA realiza labores de orientación a los profesionales de la salud acerca de cómo informar a los padres del nacimiento del hijo con síndrome de Down, así como el asesoramiento a través de un programa específico de salud. Igualmente si se trata del diagnóstico prenatal, algo de vital importancia, pues afecta a cómo los padres encaren el nacimiento de su hijo.

Los programas de Atención Temprana se han demostrado fundamentales e insustituibles para la estimulación del aparato sensorial y motor del recién nacido, para la creación de un contexto óptimo dadas las características propias de su aprendizaje y para proporcionar el apoyo emocional necesario a los padres para que la familia se adapte a la nueva situación.

  • SALUD EN EL SÍNDROME DE DOWN


El síndrome de Down no es una enfermedad y, por lo tanto, no requiere ningún tratamiento médico en cuanto tal.
Además, al desconocerse las causas subyacentes de esta alteración genética, resulta imposible conocer cómo prevenirlo.

La salud de los niños con síndrome de Down no tiene por qué diferenciarse en nada a la de cualquier otro niño, de esta forma, en muchos de los casos su buena o mala salud no guarda ninguna relación con su trisomía. Por lo tanto podemos tener niños sanos con síndrome de Down, es decir, que no presentan enfermedad alguna.

Sin embargo, tenemos niños con síndrome de Down con patologías asociadas. Son complicaciones de salud relacionadas con su alteración genética: cardiopatías congénitas, hipertensión pulmonar, problemas auditivos o visuales, anomalías intestinales, neurológicas, endocrinas… Estas situaciones requieren cuidados específicos y sobre todo un adecuado seguimiento desde el nacimiento.

Afortunadamente la mayoría de ellas tienen tratamiento, bien sea por medio de medicación o por medio de cirugía; en este último caso, debido a los años que llevan realizándose estas técnicas, se afrontan con elevadas garantías de éxito, habiéndose superado ya el alto riesgo que suponían años atrás.

En la actualidad los médicos españoles disponen del Programa Español de Salud para Personas con Síndrome de Down, una guía socio-sanitaria editada por DOWN ESPAÑA que tiene por objeto, además de informar y apoyar a las familias, unificar las actuaciones de los profesionales de la sanidad a la hora de tratar la salud de las personas con trisomía 21, realizando los mismos controles sanitarios y estableciendo un calendario mínimo de revisiones médicas periódicas.

Gracias a los avances en la investigación así como a un adecuado tratamiento y prevención de los problemas médicos derivados del síndrome de Down, hoy en día las personas con trisomía 21 han logrado alcanzar un adecuado estado de salud y, muestra de ello, es que su calidad y esperanza de vida ha aumentado considerablemente en los últimos tiempos, alcanzando una media de 60 años de edad.
 

  • EXISTEN TRES TIPOS DE ALTERACIONES CROMOSÓMICAS EN EL SÍNDROME DE DOWN
Las células del cuerpo humano tienen 46 cromosomas distribuidos en 23 pares. Uno de estos pares determina el sexo del individuo y los otros 22 se denominan autosomas, numerados del 1 al 22 en función de su tamaño decreciente.

El proceso de crecimiento se fundamenta en la división celular, de tal forma que las células se reproducen a sí mismas gracias a un proceso que lleva por nombre ‘mitosis’, a través del cual cada célula se duplica a sí misma, engendrando otra célula idéntica con 46 cromosomas distribuidos también en 23 pares.
Sin embargo, cuando de lo que se trata es de obtener como resultado un gameto, es decir, un óvulo o un espermatozoide, el proceso de división celular es diferente y se denomina ‘meiosis’.

El óvulo y el espermatozoide contienen, cada uno de ellos, solo 23 cromosomas (un cromosoma de cada una de las 23 parejas), de tal forma que al unirse producen una nueva célula con la misma carga genética que cualquier otra célula humana, es decir, 46 cromosomas divididos en 23 pares.

Durante este complicado proceso meiótico es cuando ocurren la mayoría de las alteraciones que dan lugar al síndrome de Down, existiendo tres supuestos que derivan en Síndrome de Down:

  • Trisomía 21
Con diferencia, el tipo más común de síndrome de Down es el denominado trisomía 21, resultado de un error genético que tiene lugar muy pronto en el proceso de reproducción celular.

El par cromosómico 21 del óvulo o del espermatozoide no se separa como debiera y alguno de los dos gametos contiene 24 cromosomas en lugar de 23.

Cuando uno de estos gametos con un cromosoma extra se combina con otro del sexo contrario, se obtiene como resultado una célula (cigoto) con 47 cromosomas. El cigoto, al reproducirse por mitosis para ir formando el feto, da como resultado células iguales a sí mismas, es decir, con 47 cromosomas, produciéndose así el nacimiento de un niño con síndrome de Down. Es la trisomía regular o la trisomía libre.

  • Translocación cromosómica

En casos raros ocurre que, durante el proceso de meiosis, un cromosoma 21 se rompe y alguno de esos fragmentos (o el cromosoma al completo) se une de manera anómala a otra pareja cromosómica, generalmente al 14. Es decir, que además del par cromosómico 21, la pareja 14 tiene una carga genética extra: un cromosoma 21, o un fragmento suyo roto durante el proceso de meiosis.

Los nuevos cromosomas reordenados se denominan cromosomas de translocación, de ahí el nombre de este tipo de síndrome de Down. No será necesario que el cromosoma 21 esté completamente triplicado para que estas personas presenten las características físicas típicas de la trisomía 21, pero éstas dependerán del fragmento genético translocado.
 

  • Mosaicismo o trisomía en mosaico
Una vez fecundado el óvulo -formado el cigoto- el resto de células se originan, como hemos dicho, por un proceso mitótico de división celular. Si durante dicho proceso el material genético no se separa correctamente podría ocurrir que una de las células hijas tuviera en su par 21 tres cromosomas y la otra sólo uno. En tal caso, el resultado será un porcentaje de células trisómicas (tres cromosomas) y el resto con su carga genética habitual.

Las personas con síndrome de Down que presentan esta estructura genética se conocen como “mosaico cromosómico”, pues su cuerpo mezcla células de tipos cromosómicos distintos.

Los rasgos físicos de la persona con mosaicismo y su potencial desarrollo dependerán del porcentaje de células trisómicas que presente su organismo, aunque por lo general presentan menor grado de discapacidad intelectual.

  • DIAGNÓSTICO

El diagnostico del síndrome de Down puede hacerse antes del parto o tras él. En este último caso se hace con los datos que proporciona la exploración clínica y se confirma posteriormente mediante el cariotipo, esto es, el ordenamiento de los cromosomas celulares, que nos muestra ese cromosoma extra o la variedad  que corresponda.

Las pruebas prenatales pueden ser de sospecha (screening) o de confirmación. Estas últimas se suelen realizar únicamente si existen antecedentes de alteraciones genéticas, si la mujer sobrepasa los 35 años o si las pruebas de screening dan un riesgo alto de que el feto presente síndrome de Down.  Esto explica, en parte, que más de dos tercios de los casos de nacimientos con síndrome de Down ocurren en mujeres que no han alcanzado dicha edad.

Al igual que el síndrome de Down, la mayoría de las alteraciones congénitas diagnosticadas gracias a pruebas prenatales no pueden ser tratadas antes del nacimiento.

Este hecho, unido al pequeño riesgo de aborto espontáneo que conllevan las pruebas de confirmación, hace que muchas mujeres opten por no llevar a cabo estos exámenes, tema éste que la mujer debe debatir con su médico de confianza.

En cualquier caso, el diagnóstico prenatal puede ayudar a los padres a prepararse emocionalmente para la llegada de un hijo con discapacidad intelectual y dispensarle así, desde un principio, el cariño y los cuidados especializados que requiere.

Pruebas de sospecha o presunción

Algunos estudios han demostrado que, combinando la edad de la madre con ecografías y las pruebas triple y cuádruple, pueden identificarse prenatalmente alrededor del 70-90% de los casos de síndrome de Down.

En el primer trimestre de embarazo disponemos del examen ecográfico del cuello del feto (engrosamiento de la nuca), en conjunción con la determinación de la unidad Beta de la hCG (gonadotropina coriónica humana) y de la proteína A del plasma asociada a embarazo (PAPP-A).

En el segundo trimestre tenemos el análisis de sangre de la madre, que combina la alfafetoproteina (AFP), el estriol, la gonadotropina coriónica humana (hCG) total y la inhibina A, lo que constituye la denominada prueba triple o cuádruple (en función de si el análisis tiene en cuenta los tres primeros parámetros o los cuatro). Además en esta fase del embarazo se pueden aportar datos ecográficos más completos.

Ninguna de estas pruebas conlleva ningún riesgo para la madre o el feto, y los resultados anormales de estos análisis o de la ecografía pueden indicar un incremento en el riesgo de concebir un hijo con síndrome de Down. Esto quiere decir que estas pruebas no diagnostican la trisomía, por lo que se requerirán pruebas concluyentes adicionales, como la amniocentesis. (A estos efectos, se considera de alto riesgo cuando los resultados  combinados dan una posibilidad entre 250 de que el feto tenga síndrome de Down.)

Amniocentesis

La amniocentesis, que se realiza alrededor de la semana 16 del embarazo, es una prueba prenatal común que consiste en analizar una pequeña muestra del líquido amniótico que rodea al feto extraída mediante una punción en el vientre dirigida mediante ecografía. Es la prueba prenatal más común para el diagnóstico de ciertos defectos congénitos y trastornos genéticos.

Debido a que la amniocentesis conlleva cierto riesgo de aborto espontáneo (ocurre en un caso de cada cien), los médicos sólo la suelen recomendar cuando existe un mayor riesgo de alteraciones genéticas, cuando las pruebas triples o cuádruples han mostrado resultados anómalos o cuando la mujer supera los 35 años de edad en el momento del parto.

Hay que valorar siempre con el médico lo oportuno de esta prueba, pues la amniocentesis se realiza cuando hay sospechas de que el feto pudiera tener síndrome de Down, pudiéndose dar el caso de sufrir un aborto espontáneo al practicar esta técnica y confirmarse posteriormente que el niño no tenía trisomía 21 (falso positivo). Estas situaciones suelen provocar a la madre un daño moral importante.

Por otro lado, hay que tener en cuenta los falsos negativos, es decir, que tras el nacimiento de nuestro hijo se nos informe de que éste tiene síndrome de Down sin que las pruebas de screening lo hubiesen "sospechado". Esta situación representa, aproximadamente, las dos terceras partes de los casos de trisomía 21.

Biopsia de Vellosidades Coriónicas (BVC)

Se basa en el análisis del tejido placentario a partir de la octava semana de embarazo, por lo que proporciona el diagnóstico antes que la amniocentesis, pero por el contrario existe un riesgo ligeramente más elevado de aborto espontáneo.

Para determinar cuál de las dos pruebas es la más apropiada para la futura madre deben analizarse las diferentes opciones con el médico




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immigrante
22/03/2012
A mi tampoco me quedó claro....
¿Donde pone que se podrá abortar sin plazos hasta los 9 meses de embarazo?
DeC
22/03/2012
Ni una ni otra.
En mi opinión el comentario de ´´Melqui´´ es correcto. Desde el punto de vista de la salud del feto, la ley Ledesma y la ley Aido son iguales. Ambas permiten abortar hasta las 22 semanas.
Ahora, desde el punto de vista de la salud de la madre, es cierto que la ley Ledesma parece más permisiva que la ley Aído. Pero solo en cuanto a que pone un límite a la edad del feto para poder aniquilarlo. En realidad, la ley Aído compensa sobradamente esa limitación por medio del aborto libre hasta las 14 semanas. Lo cual no se hace en beneficio del hijo, sino de la madre (los abortos tempranos son menos traumáticos) y de la Sanidad Pública (son más baratos)
Personalmente, debo decir que ambas leyes me parecen infames. Y confesar que nunca he votado al PP ni al PSOE.
Maite C
21/03/2012
Lo que sí parece mentira es su perversa conclusión..
A ver sí leemos bien VICENTE, esto para empezar.

Manuel Morillo, parece hasta tonto tener que recordarle a Vd., está en contra de cualquier ley del aborto, por lo tanto ataca al PP y a sus dirigentes, en tanto en cuanto los considera abortistas al 100 x 100.

Exactamente igual que al PSOE, pero siendo más típico de los socialistas dictar este tipo de leyes, de ahí viene su comparación.

La anterior ley del 85 fué un auténtico coladero en la que cualquier persona podía abortar inventando lo que le conviniese, y el PP jamás derogó dicha ley cuando gobernó en sus dos legislaturas, la segunda con mayoría absoluta. Es más, la amplió con la PDD.

M. Morillo quiere la derogación de la ley del aborto y a estas alturas que Vd. diga que ´´añora la ley anterior´´, casi se puede considerar como una calumnia.

Gracias Manolo por decir siempre la verdad aunque haya muchos que les cuesta un montón entender las cosas.

eowo
21/03/2012
Así es.
Así es. Por mucho que a muchos católicos y políticos derechistas españoles les duela aceptarlo, al temblarles tanto el pulso en materia de castigos carcelarios, lo único que lograron fue lo inconcebible: ¡que la Izquierda resultara menos abortista que ellos!

Andres
21/03/2012
GRACIAS MORILLO.
Gracias por sus articulos .
Y NOSOTROS A DESPERTAR
VICENTE
21/03/2012
PARECE MENTIRA..
¡Qué pena que utilice Vd. un tema tan grave para disfrutar atacando a Rajoy! Parece mentira que añore Vd. la ley anterior.
Me considero miembro de una organización cívica y me siento absolutamente alejado de los planteamientos que Vd. expone. Parece que ha olvidado el coladero en que se convirtió aquella ley que Vd. ahora defiende. Yo seguiré luchando cívica, pacífica y democráticamente hasta conseguir que no haya un sólo aborto en España, sea con la Ley Aído, la Ledesma o la Mato.Vd. puede seguir defendiendo la antigua norma para criticar a los actuales gobernantes.
leibnitz
21/03/2012
Desinformación masiva.
No lo he leído con mucho detalle pero no veo muy claro lo que dices. Lo que sí parece claro es que a partir de la semana 22, ahora no se puede abortar por grave riesgo para la salud de la madre mientras que con la anterior ley la madre podía abortar por depre en cualquier momento, también por una depresión motivada por la llegada de un niño con síndrome de Down. Acabo de dejar unos comentarios al respecto en la sección de José Luis Restán. Toda mujer aborta por algun motivo fuerte, normalmente sicológico, tanto antes como ahora, pero ahora se ha dificultado algo más por el plazo. No pierdas de vista el terrible apartado 2 de la Ley Ledesma, donde prácticamente se exonera a la mujer de cualquier aborto en cualquier momento y en cualquier condición. Significativa la R que sigue a la firma de Juan Carlos el Relativista; venía con ese apelativo en la cabeza y el ver la R, ha sido como una señal para mí. No te pierdas tampoco lo que dice el texto sobre las menores de edad: no es cierto lo que se ha dicho sobre la libertad total de las menores de edad para abortar. Los medios convencionales se están cavando su tumba entre manipulación y mercantilismo. Y repito lo comentado a Restán: ahora como antes toda mujer que quiere abortar sufre algún tipo de problema al menos sicológico. Antes podía abortar en cualquier momento y ahora no en cualquier momento. Tampoco se añade ahora el terrorífico apartado 2 de antes. Clave: el art. 15 a). Amén del aborto libre químico.
Melqui
21/03/2012
El blogger no sabe leer.
Creo que el autor no sabe leer. La Ley Ledesma pone exactamente el mismo límite de tiempo para practicar el aborto por razones de anomalías en el feto: ´´siempre que el aborto se practique dentr de las veintidós primeras semanas de gestación´´. Puede verse en el apartado 3´´ que s subraya de esa primera Ley. Por lo tanto, en ese aspecto las dos leyes están empatadas, sólo que la Ley Aído, además, permite el abroto sin motivo alguno durante las 14 primeras semanas (artículo 14) y además, si se considera que las ´´anomalías´´ son ´´incompatibles con la vida´´ el abroto no tiene límite alguno de tiempo (artículo 15.d) No entiendo de dónde se saca el autor que algún niño por nacer con sin síndrome de down esté más seguro con la Ley Aído.
Museros
21/03/2012
¿95? Debe ser que sólo las votantes de izquierda conciben niños así....
Vaya, vaya....¿un 95 de los niños con Síndrome de Down son abortados cada año en España?.

Y luego tiene uno que oír esas encuestas en las que más de la mitad de los españoles se considera ´´provida´´, y que son celebradas como un triunfo por las organizaciones satélites del PP...

Debe ser que sólo se quedan embarazadas de niños con síndrome de Down las mujeres que votan a la izquierda, ¿verdad?...

O que la inmensa mayoría de los españoles que se consideran ´´provida´´ llama ´´ser provida´´ a estar de acuerdo con la postura del PP sobre el aborto (de sobra conocida). Y que el verdadero triunfo de las organizaciones satélites del PP ha sido inculcar y/o reforzar este curioso concepto de lo que es ´´ser provida´´...
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Manuel Morillo
Manuel Morillo es licenciado en Políticas y Sociología, especializado en Empresariales y Derecho. Zaragozano, dirige la revista Arbil desde hace diez años, que vende más de 150.000 ejemplares al mes. Participa en tertulias radiofónicas en Intereconomía y en el programa «La quinta columna» de Radio Intercontinental; es columnista habitual en diversos medios, como lo hace semanalmente en www.diarioya.es. Ahora nos ofrece en ReL sus «Anotaciones de pensamiento y crítica».

Manuel Morillo, es autor, editor y responsable del Blog Anotaciones de pensamiento y crítica, alojado en el espacio web de www.religionenlibertad.com
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