Martes, 19 de marzo de 2024

Religión en Libertad

7111492: ocho siglos que hicieron a España… y forjaron América

7111492: ocho siglos que hicieron a España… y forjaron América

LA RECONQUISTA, CLAVE DE LA EMPRESA DE AMÉRICA, SEGÚN LA BULA DE CRUZADA

José Antonio Benito Rodríguez

Al leer el artículo de Angel David Martín Rubio 711-1492: ocho siglos que hicieron a España me suscitó un rápido comentario en su blog fruto de mi vocación americanista y mi presencia en Perú desde hace 15 años: "Don Claudio Sánchez Albornoz identifica tres acciones clave en los cristianos: reconquista (militar), repoblación (social), evangelización (espiritual)"

Un dato concreto confirma cuanto afirma el historiador Claudio Sánchez Albornoz y Angel David Martín Rubio: La concesión de la Bula de Cruzada a los Reyes de España por considerar la empresa de la Reconquista como “cruzada”. Tal concesión se amplió a América -hasta el Concilio Vaticano II- como estudié en mi tesis doctoral “La bula de Cruzada en Indias”[1], que publicó la FUE.
 
Con mucho gusto accedo a ampliar lo que gentilmente me pidió. Parto de un fragmento del citado artículo: “La Reconquista, empleando los conceptos propuestos por Sánchez Albornoz es la “Clave” del enigma histórico de España. >" (De la Andalucía islámica a la de hoy, Madrid: Rialp, 2007, p. 29).


Santo Toribio Mogrovejo

Para constatar la importancia que se le daba a la Bula, basta citar el testimonio de Santo Toribio Mogrovejo. Se encontraba en la visita preliminar de 1581 como preparación al Tercer Concilio Limense, en los Llanos de La Nasca. Se encontraba el arzobispo en su primer año de ejercicio y ocupado en la visita desde hacía varios meses con la intención de dirigirse después a Huánuco.
 
"Andando ocupado en esta visita, tuve noticia de la llegada de las bulas de la sancta cruzada a esta ciudad, e inmediatamente me partí luego para me hallar a la publicación y expedición de ellas, como cosa que tanto toca al servicio de vuestra Majestad, y lo haré en todo lo demás que se ofreciere a él tocante [...] Por lo cual, fue acrecentada la hacienda de vuestra Magestad en mucha más cuantía que en las predicaciones pasadas"[2]

La reconquista de España o Cruzada Occidental
En un primer momento, se trataba específicamente de una concesión a los protagonistas directos en la guerra santa de la Península Ibérica (Reconquista) que fue transformada en cruzada por la bula "Eos qui in Ispaniam" del Papa Alejandro II en 1064. En ella, se aprueba la lucha contra los sarracenos y se concede indulgencia plenaria a todos los que la emprenden. A medida que pasa el tiempo, los papas añaden privilegios gozando de gran popularidad entre los fieles; tanto que, si la predicación de la Bula decaía, la "santa" belicosidad del pueblo se entibiaba. Cooperará a las grandes victorias cristianas. Los papas vuelcan su prestigio e influencia en favor de la cruzada española. Desde 1212 (Navas de Tolosa), Inocencio III invitará a los españoles a prestar ayuda económica y militar a los cruzados orientales. Navarra y Aragón secundan la iniciativa con sus reyes Teobaldo I y Teobaldo II, así como los hijos de Jaime I; Castilla, en un primer momento, se mantiene al margen.

Tras un siglo de inactividad (1350, llegada de Pedro I El Cruel al poder, a 1474 con los Reyes Católicos) la cruzada se renueva con la concesión de Sixto IV, el 13.XI.1479 en favor de la Guerra de Granada[3]. Era la primera de las bulas a favor de la Reconquista granadina; en ella se otorgaba una indulgencia plenaria a cuantos cooperasen en la misma. Parece ser que fue planteada como una ampliación de la Bula de Canarias[4]. Así lo manifiesta Ascensión de la Torre –exdirectora del Archivo General de Simancas- recordadndo la súplica dirigida por los Reyes Católicos al Papa para que confirme las indulgencias para la conquista de Canarias y las amplíe a la del reino de Granada[5]

   
Desembarco de Fernández de Lugo en Santa Cruz
      
Los monarcas buscaban un nuevo tipo de cruzada con mayores alicientes semejantes a los de la lucha antiturca. El 3 de junio de 1482 llegaban a un acuerdo con la Santa Sede para unir sus fuerzas contra los infieles. El Papa atacaría al turco, los REYES CATÓLICOS a los moros. El Papa impone 1/10 de un año al estado eclesiástico y se reserva 1/3 de su producto para la guerra antiturca, dejando el resto para la campaña de Granada[6]. La bula será mucho más rica en gracias y favores que las anteriores, tanto para los cruzados como para los contribuyentes con su limosna. Además de motivar el Papa a todos los fieles -españoles y extranjeros- a que colaboren con sus Reyes, otorga cuantiosos favores espirituales. Con el fin de aumentarlos se aplica a la Cruzada los legados donados para redención de cautivos; promulga la paz, prohíbe perturbar la guerra contra los moros e invertir los fondos en fines extraños a la misma. Comisarios nombrados fueron Francisco Ortiz, Pedro Ximénez de Préxamo y Fray Hernando de Talavera, prior de Prado, otorgándoles facultades para componer, dispensar... Bajo la dirección de los comisarios generales actuaron predicadores, jueces y comisarios diocesanos. Millares de cruzados de Francia, Alemania, Inglaterra, Irlanda, Polonia y Suiza vinieron a la Península a pelear. Tanto que J.Goñi, máximo especialista en el tema, llega a decir:
 
"La Iglesia española movilizó todos sus recursos de propaganda. En todos los púlpitos de Castilla, Aragón, Sicilia y Cerdeña resonó el llamamiento pontificio que apelaba al sentimiento religioso de los fieles y excitaba el ideal de la guerra santa contra el infiel"[7]

Inocencio VIII (1484-1492) renovó la concesión por un año, 29.I.1485, pero, debido a la penuria del tesoro, sin el tercio de la Cámara Apostólica. Los Reyes Católicos, indignados, rechazan la concesión a la vez que formulan claramente cuál es su ideal de cruzada: "a esta guerra no nos ha movido nin mueve deseo de acrecentar reinos e señoríos nin cobdicia de adquerir mayores rentas de las que tenemos, nin voluntad de allegar tesoros[...]Pero el deseo que tenemos al servicio de Dios y celo a su santa fe católica, nos face posponer todos los intereses y olvidar los trabajos e peligros continuos que por esta causa se nos recrescen y pudiendo, non solamente guardar nuestros tesoros, mas aún haber otros muchos de los moros mesmos, que muy voluntariamente nos los darían por la paz, negamos los que se nos ofrescen y derramamos los nuestros, solamente esperando que la santa fe católica sea acrescentada y la Cristiandad se quite de un tan continuo peligro como tiene aquí a las puertas, si estos infieles del reino de Granada non son arrancados y echados de España"[8]

En la primavera de 1485 toman la ciudad de Ronda y el 26.VIII.1485, el Papa prorroga la Bula de manera incondicional por la "Redemptor noster Dominus"[9].

En 1486 Inocencio VIII despacha favorablemente las peticiones del Embajador español sobre cruzada, décima e Inquisición y exhortó a los REYES CATÓLICOS a terminar la Reconquista para unir sus fuerzas contra los turcos. El 29 de mayo de este mismo año reconquista Loja. En 1487 se resiste a renovar la Cruzada pero, presionado por el Cardenal Rodrigo de Borja, se vio forzado el 1.IX.1487 a la concesión. El 11.IX.1487 reconquistan Málaga.

En 1488 sigue avanzando la Reconquista, tanto que el Papa le escribe felicitando y animándole a rematar la empresa. El 9.X.1489 se renueva la Cruzada. Por Breve de 11.II.1490 Inocencio VIII ordenó que no se interrumpiese ni la Cruzada ni la Décima, aunque se acabase la Reconquista o cesase momentáneamente la guerra. El 1.X.1491 renovó por última vez la Cruzada. El 2.II.1492 se rindió la ciudad. Como destaca J.H. Elliot “la caída de Granada puso punto final a la Reconquista del territorio español, abrió también una nueva fase en la larga cruzada castellana contra los moros” pero el casi simultáneo “descubrimiento de América señalaba también el comienzo de una nueva fase, la gran época de la colonización de ultramar”, culminación natural de un periodo dinámico expansionista secular. “Tanto la Reconquista como el descubrimiento, que parecían milagrosos a los ojos de los españoles contemporáneos, eran en realidad un resultado lógico de las aspiraciones y tradiciones de una época anterior que quedaban ahora firmemente selladas por el éxito”[10]


Alejandro VI 
 
Alejandro VI (1492-1503) pone en manos de los REYES CATÓLICOS los inmensos recursos de las Ordenes Militares. Luego, las tercias de la iglesia española, una buleta de indulgencia plenaria para ser intercalada durante la Cruzada y la prorrogación de la Cruzada con la bula "Catholice fidei" 17.XII.1492. La décima y la cruzada llegarán por bula de 12.XI.1494. El 3.VII.1496 el Papa da a los Reyes el título de "Católicos" por cinco razones, una de las cuales es su protagonismo en la empresa granadina:

"...una guerra fidelísima en la Bética, no a impulsos de ambición o codicia alguna, sino por la gloria del nombre de Dios y por el afán de propagar la fe católica, sin dejaros amedrentar de ninguna dificultad, de ningún gasto trabajo ni de incomodidades y peligros, los cuales soportasteis firmísimamente, hasta que con las ayudas materiales y la bendición de la Sede Apostólica, y con la asistencia del Dios de los ejércitos la llevasteis a cabo felizmente[...]Pues es peculiar de los reyes de España luchar por la fe, y fue siempre destino de los reyes españoles vencer a los infieles"[11].

La incorporación de Granada incrementó la franja litoral mediterránea, expuesta a las incursiones de los piratas berberiscos desde el mar de Alborán. Los Reyes Católicos habían tratado de frenarlas a través de la flota comandada por Fernando de Zafra y conservando las relaciones mercantiles con los pequeños emiratos del norte de África. Para lograrlo buscaron incorporar a Gibraltar y lo lograron el 2 de enero de 1502. Desde la época de Enrique III de Castilla se reivindicaba como parte del territorio castellano las Islas Canarias. Se logró en el Concilio de Basilea. Los guanches, sus habitantes, según la doctrina tomista estaban dotados de tres derechos inalienables en toda persona humana: vida, libertad y propiedad.
 
La Cruzada avanza fuera de la Península: Plus Ultra
Las guerras de Italia fueron mermando eficacia a la campaña africana. Fernando el Católico conseguirá la renovación de la Cruzada y su extensión al Nuevo Mundo por la Bula Dum Turcharum Sarracenorumque 6.XII.1514[12] y el Breve Nuper felicis recordationis 27.II.1515[13] En su Testamento la Reina tendrá muy en cuenta su inquietud de hacer avanzar la Cruzada cuando hace escribir:
 
Y ruego y mando a la dicha Princesa, mi hija, y al dicho Príncipe, su marido, que como católicos príncipes tengan mucho cuidado de las cosas de la honra de Dios y de su santa fe, celando y procurando la guarda y defensión , ensalzamiento de ella, pues por ellas somos obligados a poner las personas y vidas y lo que tuviéramos cada que fuere menester, y que sean muy obedientes a los mandamientos de la santa Madre Iglesia y protectores y defensores de ella como son obligados; y que no cesen de la conquista de África y de pugnar por la fe contra los infieles”.

La concesión de la Bula de Cruzada en 1482, por el Papa Sixto IV, para ayudar a los Reyes Católicos en la campaña granadina se convirtió en un medio extraordinario del que los monarcas españoles no sabrían prescindir. Motivados por las gracias que se otorgaban, millares de cruzados de toda Europa pelearon en España al tiempo que numerosos fieles lucraban la indulgencia mediante la limosna. Oportuna es recordar la investigación de Melquíades Andrés, según la cual, parte de los fondos recaudados para financiar una de las carabelas de Colón provino del concurso de la limosna recaudada entre la mayoría de personas del pueblo fiel de la diócesis de Badajoz[14].
 
Pese a la tácita resistencia de la Santa Sede, especialmente en Trento, la Corona luchará denodadamente en conseguir sucesivas prórrogas. El éxito obtenido el 2 de enero de 1492 en Granada se esgrimirá constantemente y será punto de referencia para extender su publicación a todos los territorios, incluidos los americanos. Cisneros, Carlos V y Felipe II continuaron la lucha contra el turco con el concurso de la Bula de Cruzada, una de las rentas más elevadas y seguras del erario, justificada siempre con el constante ritornelo "para ayuda de la guerra contra infieles y defensa pública de la christiandad"[15]. Sus saneados fondos se convertirán en la tentación de no pocos virreyes apurados en su mermada Hacienda. De hecho, ce convierte en "la principal aportación económica de la Iglesia al Estado y salir del pueblo"[16]. No en vano alberga este Archivo de Simancas 591 legajos de Cruzada, 37 referidos a Indias[17]. Eufemio Lorenzo llega a señalar que el "8% de los tesoros que llegan de Indias para la Real Hacienda, los proporciona la Bula de la Santa Cruzada"[18]. De ahí que se acuda a ella en todo momento.

La Bula de Cruzada es un documento pontificio que contiene favores espirituales destinados a quienes -previas disposiciones espirituales- se comprometían a participar en la lucha contra los infieles, tanto de forma directa (en la guerra) como indirecta (a través de una limosna.). Su predicación, con su concesión de indulgencias y otras gracias, constituía -como atinadamente apunta M. Andrés: "Un acontecimiento extraordinario, difícil de concebir para nuestra mentalidad. Comportaba un auténtico revulsivo espiritual y una extensa organización de comisarios, predicadores, recolectores, bulderos, vendedores, gracias espirituales, procesiones, rogativas, posibilidades mayores de purificar la conciencia. A la expresión de profunda fe se juntaba el tintineo de dinero y la facilidad de abusos y exageraciones"[19]

Cuando le llegue la muerte a Fernando V de Aragón, al igual que su esposa Isabel, recordará que los dineros de la Bula de la Santa Cruzada se utilicen para los fines propios de la Cruzada. El Papa Julio II inauguró su pontificado concediéndoles una décima, una Cruzada y un jubileo de tiempo limitado con destino a la campaña africana de Cisneros y toma de Mazalquivir y de Orán. Con Carlos V, Julio II prorroga la BSC por un bienio en 1519 pero reservándose 1/4 del producto de la décima y el pago a 5.000 infantes de la guerra de Urbino de la mitad del sueldo por tres meses. Adriano VI la renueva por un año en 1523. Clemente VII la renueva en 1529 introduciendo dos elementos nuevos: el privilegio de las estaciones de Roma y la posibilidad de cumplir con Pascua en Cuaresma. En 1533 concede la Cruzada para armar 21 galeras contra los turcos. En 1546, el obispo de Lugo, Juan Suárez de Carvajal, fue nombrado Comisario General de Cruzada[20]. Pide que la Bula de San Pedro se pueda predicar a título de cruzada durante el trienio 1548-1551 "porque en estos reinos tienen gran devoción en la Cruzada por ser lo que procede de ella para la guerra contra los infieles"[21].

Los papas la prorrogan de manera incondicional. Felipe II continuó la lucha contra los moros del Norte de África y los turcos, recurriendo de nuevo a la Bula de Cruzada constituida ya en una de las rentas más cotizadas. Pío V la adapta a los cánones del Concilio de Trento eliminando algunos abusos: facilidad en la concesión de indulgencias, la tasación de la limosna, las diversas predicaciones y distribuciones de las gracias de una misma bula y las suspensiones, las violencias y fraudes con los campesinos, el arrendamiento del producto de las indulgencias, la facultad de componer, la dispensa de los ayunos...[22]



Las bulas alejandrinas y la evangelización
Los Reyes Católicos, nada más tener conocimiento del descubrimiento de América y de la entrevista de Colón con el rey de Portugal, recurrieron a Roma y obtuvieron de Alejandro VI cinco bulas en 1493 (entre el mes de marzo –regreso del primer viaje- y septiembre –partida del segundo viaje)-. Los términos usados en este documento respecto al acto jurídico que Alejandro VI había querido establecer a través de la bula Inter Caetera (concesión, concedidas), parece no dejar lugar a dudas sobre la interpretación que los destinatarios de las letras apostólicas dieron a las mismas. Los reyes católicos parecen reconocer al Pontífice la capacidad de "conceder" las tierras recientemente descubiertas, y aceptan con total responsabilidad el mandato anejo de evangelizar a sus pobladores[23].Con la bula Inter Caetera de 3 de mayo de 1493 de Alejandro VI se concede a los Reyes las tierras descubiertas y por descubrir hacia occidente, con tal de que no pertenezcan a ningún otro príncipe cristiano. Al día siguiente, 4 de mayo, se concede la Inter. Caetera de partición, porque traza una raya o meridiano a cien leguas al Oeste de las Azores y Cabo Verde. La bula menor Eximiae devotionis sinceritas de 3 de mayo, es la bula de privilegios y concede a los Reyes españoles los mismos que tenían los de Portugal y que se habían mencionados en la primera Inte .Caetera pero que se habían omitido en la segunda. Por la Piis Fidelium de 26 de junio se concede a Fray Boyl y a los religiosos que le acompañaban facultades canónicas de carácter extraordinario.
 
En consonancia con la misión iniciada en Canarias, la bula dispensaba a los franciscanos de las normas de ayuno y abstinencia precisas para el estilo de vida y dieta de las nuevas tierras. En estas bulas se establece una separación desde 100 leguas al oeste de las Azores entre la nunciatura de Guinea y la reciente para las islas recién descubiertas. En las instrucciones entregadas el 29 de mayo se insistía en la instrucción en la fe cristiana y el buen trato por ser súbditos libres de los monarcas, y en la creación de establecimientos permanentes para la práctica del comercio. El 7 de junio de 1494, por el Tratado de Tordesillas, la demarcación territorial queda convertida en una línea recta o meridiano de 370 leguas de las Islas de Cabo Verde. Aunque la Santa Sede queda de algún modo marginada delegando en los Reyes la empresa, el Papa impone la condición de evangelizar. a la Corona Española:

Colón –consciente del espíritu misionero de los monarcas- escribirá en su Diario: "Crean Vuestras Altezas (los Reyes) que en el mundo todo no puede aver mejor gente ni más mansa; deben tomar... grande ale­gría porque luego los harán cristianos y los avrán enseñado buenas costumbres de sus reinos, que más mejor gente ni tierra puede ser..." (Diario 24-XII-1492) "...fallé muchas islas pobladas con gentes sin número... A la primera que yo fallé puse nombre Sant Salvador a conmemoración de su Alta Magestat, el cual maravillosamente todo esto a dado... Así que monstruos no he hallado noticia, salvo de una isla que es Carib... poblada de una iente que tienen en todas las islas por muy feroces, los cuales comen carne humana." (Carta a Luis de Santángel) 15-II-1493. El mismo Colón en su diario, día 11.11, anota: "Y creo que ligeramente se harían cristianos, que me pareció que ninguna secta tenían". Y al día siguiente: "Tengo por dicho...que sabiendo la lengua dispuesta suya algunas personas devotas religiosas, que luego todos se tornarían cristianos".

Establecida la Corte en la ciudad condal, los reyes don Fernando y doña Isabel, con el príncipe heredero don Juan y todo su séquito, el 3 de abril de 1493 reciben a Colón en Barcelona, bautizando los 6 primeros indios. Como anota Olaechea, Colón:
 
no dejaría de percatarse de que allí se le ofrecía una oportunidad para plasmar un anhelo de los Reyes Católicos, en especial de la reina Isabel, que se cifraba en la difusión de la fe cristiana en las tierras ultramarinas, que para ello constituía uno de los objetivos fundamentales de la empresa y cuyos primeros frutos tenían ahora la ocasión e comprobar [...]Isabel la Católica acumulaba en este histórico acto y en todo el proceso americano de su vida suficientes méritos para ser considera como una verdadera madre de América[24]

Los objetivos de los Reyes Católicos quedan claramente formulados en la “Instrucción” para Colón, el día 29 de mayo de 1493: “deseando que nuestra Santa Fe Católica sea aumentada y crecida, mandan y encargan al dicho almirante, visorrey y gobernador, que por todas las vías y maneras que pudiere, procure y trabaje a traer a los moradores de las dichas islas y Tierra Firme a que se conviertan a nuestra Santa Fe Católica”[25] Se insta a Colón a que todos los que vayan con él “traten muy bien y amorosamente a los dichos indios, sin que les hagan enojo alguno y procurando que tengan los unos con los otros mucha conversación y familiaridad”. Desde el inicio, la Corona mantuvo la postura de que la empresa de Indias tendría su meta en el campo religioso. Descubrir y colonizar era ganar almas y salvarlas, era dar gloria a Dios y brillo a la Iglesia. “Damos muchas gracias a Nuestro Señor por todo ello, porque e esperamos que con su ayuda este negocio vuestro será causa que nuestra santa fe católica será mucho más acrecentada”, escribieron los Reyes a Colón el 16 de agosto de 1494. Y éste era el estribillode sus pensamientos y deseos: que la presencia misma de los españoles invite a los indios a abrazar el cristianismo, “porque la conversión de ellos podría atraer a los que habita en dicha tierra al conocimiento de Dios Nuestro Señor, e a reducirlos a nuestra fe católica”. En la “Instrucción…para la población de las islas y tierra firme descubiertas y por descubrir en las Indias” (23 de abril de 1497) se da al Almirante esta norma: “Que se conviertan a nuestra Santa Fe Católica y que a ellos y a los que han de estar en las dichas Indias sean administrados los sacramentos por los religiosos e clérigos que allá están e fueren”.


J.M. Núñez: Bautizo de indios en Guadalupe en presencia de Colón. Monasterio de Guadalupe (Cáceres)
 
Dinámica del proceso administrativo
Una vez que el Papa otorgaba la concesión de la Bula, se lo comunicaba al Monarca de España por medio del Comisario General, éste enviaba Reales Cédulas y despachos nombrando comisarios subdelegados generales, y tesoreros generales, al tiempo que se lo comunicaba a los virreyes y a los responsables del poder civil y religioso de los distintos territorios peninsulares y ultramarinos. Los subdelegados generales, en las cabeceras de los arzobispados, a través de los subdelegados particulares de diócesis y partidos, nombraban predicadores y firmaban asientos con tesoreros particulares, los cuales rendía cuentas de su misión al Subdelegado general. En el sermón, predicado por el más cualificado sacerdote, se declaraban las gracias y facultades de la bula, al tiempo que se decretaba la suspensión de todas las gracias distintas a la propia bula. Para garantizar la administración se entregaban las bulas en presencia de un Escribano o Notario que levantaba padrón de ellas para llevarlo el predicador o receptor ante el Comisario Subdelegado del partido. En pueblos menores de 300 vecinos de españoles se hacía padrón ante el Cura o Doctrinero con asistencia del Alcalde o Regidor; las bulas se daban en la Iglesia, el Concejo, o en la casa del cura o doctrinero. Acabada la predicación, dejaban en cada lugar las bulas que la Justicia ordinaria o el Cura ordenase para darlas en la Misa Mayor de los domingos o fiestas a quienes no las hubieran tomado, en cuyo caso debían hacerse segundos padrones con estas bulas. Posteriormente, los comisarios de cada partido recogían todos los padrones y los enviaban al Virrey o autoridad suprema y al Subdelegado General para hacer una relación general como cuenta final de cada predicación. Deducido del cargo o ingreso la data o gastos, se obtenía el finiquito con el alcance o déficit para el tesorero encargado. Se ingresaba en la Caja Real o Arca de tres llaves para después enviarlo a la Península con las remesas de cada flota, lo que venía a suponer aproximadamente las 3/4 de la limosna recaudada. Este proceso general descrito sufría distintas variaciones dependiendo del lugar (capital de virreinato o doctrina rural), de los fieles (según la proporción de españoles, naturales, mestizos), de los ministros y del grado de asentamiento del sistema.
 
La Bula de Cruzada en Indias[26].
La “tierra encantada” del Nuevo Mundo ofreció a sus constructores múltiples posibilidades que hoy se nos antojan como pintorescas pero que en el pasado lograban paralizar la vida cotidiana por la fuerza institucional que representaba. Tal era el caso de la Bula de Cruzada que la que –como con cierta ironía llegó a escribir un autor- no se libraban ni los difuntos, ya que, como vimos al inicio del artículo, con el transcurrir del tiempo, por su doble finalidad espiritual y hacendística, se convertirá en una mera renta estatal, aunque conservara su secular motivación religiosa o su envoltorio espiritual. Para comprender en profundidad la Bula, hay que arrancar desde su origen, desde las primeras concesiones pontificias para España, su papel en la Reconquista, y seguir de cerca su evolución histórica, desde la depuración conciliar de Trento, hasta llegar con su evolución posterior hasta el S.XIX, enriquecida ya con siete tesoros: 1. Indulgencias. 2. Oficios litúrgicos y sepultura eclesiástica. 3. Confesión y conmutación de votos. 4. Dispensas de irregularidad e impedimentos matrimoniales. 5. Composición de bienes mal adquiridos. 6. Abstinencia y ayuno, 7. Oratorios privados.
 
El Consejo de Cruzada, como institución suprema en España, y el Tribunal de Cruzada, como subdelegación del Consejo en Indias, constituyeron la columna vertebral de toda la organización relativa a la Bula de Cruzada en América. La titánica campaña de tres siglos de predicación tras predicación se debió a los latidos permanentes de sendos organismos. A través de un inmenso océano de leyes, sermones, instrucciones o cartas, nos acercamos a un mundo dinámico de lo más variopinto; encontramos en él, desde tesoreros embargados a piadosos predicadores que hacen apología la Bula, o bien desde ingenuos y fervientes fieles que toman la bula, a socarrones cronistas que se admiran de las "industrias" de tesoreros para llenar el Arca de la Hacienda. Si tenemos en cuenta dos de sus notas, la exclusividad, por la que su aplicación suspendía automáticamente todo tipo de jubileos y gracias pontificias, junto a la universalidad, ya que abarcaba a todos los súbditos de la monarquía mayores de doce años y residentes en cualquier parte del territorio peninsular o ultramarino (además de los difuntos), podemos concluir con la agudeza, no exenta de su peculiar ironía, del historiador jesuita P. Mariana, al analizar la imbricación de la Bula con la campaña granadina:
 
"Sixto [IV...] concedió así mismo la cruzada a todos los que, a su costa, fuesen a la guerra [o], por lo menos ayudasen con ciertos maravedís para los gastos, lo cual se tornó a conceder el tercer año adelante, y desde principio, ya todos los años, se recoge por este medio gran dinero para los gastos reales, camino que inventaron en aquella sazón personas de ingenio"[27].
 
No se sabe con certeza la fecha exacta de la fundación del tribunal[28] Hasta su creación, el Consejo de Cruzada nombraba desde España comisarios subdelegados, contadores y tesoreros que se ocupaban de desempeñar las funciones relativas a la bula en Indias. Desde 1530 a 1573 los subdelegados fueron casi siempre los prelados diocesanos. En 1573, a raíz de la primera concesión pontificia de la Bula a Indias, se firmó el primer asiento con los tesoreros generales Diego Díaz Becerril, Juan Alonso Medina y Francisco Martínez López5. La segunda concesión se desglosó en los dos virreinatos de Nueva España y Perú, concertando el asiento con Luis Núñez y Miguel Sánchez Parra, respectivamente. Fue en México donde se nombró el primer comisario en la persona de Sancho Sánchez de Miñón. 


 
El considerable volumen de actividades desplegadas en la publicación y predicación, así como los buenos frutos recogidos en la administración de la Bula, aconsejó el nombramiento de otro comisario y contador para Perú en 1600. Ello dio a pie al Consejo de Cruzada al establecimiento de Tribunales delegados en México y Lima en un primer momento, y posteriormente en todos los lugares que contaban con Real Audiencia. La ley primera del apartado dedicado a Cruzada de la Recopilación de Leyes de Indias así lo recoge:
 
"Por cuanto para la buena administración de la Bula, que se predica y publica en las provincias de nuestras Indias ha parecido convenir, que en los lugares principales haya un Tribunal formado, para que en él nuestros súbditos y vasallos tengan mejor, más cómodo y cercano recurso donde acudir en apelación con las causas que hubiere y se sentenciaren por los Jueces Subdelegados particulares de aquel distrito y jurisdicción".
 
Las primeras noticias sobre el tribunal peruano nos las ofrece M. Mendiburu, quien dice - sin precisar la fecha, pero antes de 1581- que el tribunal de Perú fue fundado por el virrey D. Francisco de Toledo, pero que "se organizó de nuevo en dicho año (1604) [...] siendo comisario delegado el arcediano doctor Juan Velázquez".
 
Impresiona constatar el vigor de esta institución que atraviesa siglos de historia adaptándose a las situaciones más adversas, como su pervivencia a pesar de la Independencia. En el s. XX. sin embargo, observamos su paulatino agotamiento forzado, sin duda, por su anacronismo. Los Papas la siguen manteniendo como por inercia, pero su languidecer es progresivo hasta llegar a desaparecer como por desuso. No obstante, Benedicto XV, el 12.8.1915.en su breve “Ut praesens periculum”, siguiendo los deseos de Pío X –incumplidos por su muerte- prorrogó la Bula por doce años más. La Cruzada se había ido enriqueciendo de tal forma que ya en el siglo XX comprendía siete indultos: Indulgencias, divinos oficios y sepultura eclesiástica, confesión y conmutación de votos, dispensas de irregularidad e impedimentos matrimoniales de afinidad y crimen, revalidaciones y composición, abstinencia y ayuno, oratorios privados.
 
Los pontífices posteriores siguieron revalidándola hasta casi nuestros días, en que, con Pablo VI y la celebración del Concilio Vaticano II, desaparece. Por tanto, hasta 1965 se mantuvo esta sólida tradición, según la cual la limosna permitía la obtención de privilegios espirituales , la mayoría de ellos vinculados a la indulgencia plenaria y, por tanto, a va vida ultraterrena.
 
José Antonio Benito Rodríguez.

Doctor en Historia de América de la Universidad de Valladolid. Docente en la Universidad Católica Sedes Sapientiae de Lima



[1] En adelante BSC=Bula de Santa Cruzada. BCI=Bula de Cruzada de Indias. SC=Santa Cruzada. AGS=Archivo General de Simancas. Leg.=Legajo
[2] AGI Patronato 248 Rº 10; LISSON, III, 286: Carta del Arzobispo a SM de 27.4.1584, cap.III 
[3] Bula "Orthodoxae fidei" 10.VIII.1482 J.GOÑI Historia de la Bula de Cruzada en España. Seminario Mayor, Vitoria 1958.Apéndice 10
[4] E. AZNAR “Los inicios de la Bula de Cruzada en Canarias” Revista Española de Derecho Canónico 1987 pp.205-219
[5] A. de la PLAZA BORES: Guía del Investigador del Archivo General de Simancas. C.XXV "Consejo de Cruzada". Ministerio de Cultura, Madrid, 1986. Cap.XXI.
[6] Bula "Etsi dispositione" del 10.VIII.1482 A.G.S. Patronato Real 1699. Por ella, se autoriza a Fimeno de Perugio, Alfonso de Valdivieso, canónigo de Burgos y Hernando de Talavera, colectores de la décima, para que puedan reducir la de los frutos de los beneficios eclesiásticos, concedida en los reinos de España, a favor de la guerra de Granada a un competente y honesto subsidio.
 [7] J.GOÑI Historia de la Bula de Cruzada en España. Seminario Mayor, Vitoria 1958p.377
 [8] Ibídem. pp.380-381
 [9] AGS Patronato Real 1701. Inocencio VIII, a imitación de su predecesor Sixto IV, concede a los Reyes Católicos, por un año, a contar desde su publicación, indulgencias y otras gracias a las que contribuyesen con sus limosnas a favor de la Guerra de Granada, confirmando como comisarios a H. de Talavera, prior de Prado y a Pedro Jiménez de Préxamo, deán de Toledo, con revocación de los demás.
[10] La España Imperial pp.41-42, Vicens-Vives, Barcelona, 1973.
[11] Bula "Si convenit" 19.XII.1496 Cit. en J.GOÑI Historia de la bula...pp.467-468
 [12] A.G.S. Patronato Real 19, 25
 [13] A.G.S. Patronato Real 19, 25
[14] M. ANDRÉS "El dinero de los Reyes Católicos para el descubrimiento de América financiado por la diócesis de Badajoz". Archivo Ibero-Americano, Madrid 1987
[15] A.G.S. Cruzada de Indias Leg. 590
[16] Guía del investigador del Archivo de Simancas Madrid, 1986, Cap.XXI 
[17] Hay que añadir además la abundante documentación dispersa en las secciones Registro General del Sello, Contaduría Mayor de Cuentas, Juntas de Hacienda o Patronato Real.
 [18] E.LORENZO  Comercio de España con América en la época de Felipe II pp.178-184, Valladolid 1980, t.II
 [19] M.ANDRES El dinero de los Reyes Católicos para el descubrimiento de América financiado por la diócesis de Badajoz Archivo Iberoamericano, Madrid 1987 pp.19-20
[20] Mº ALCOCER Consejos Real de Castilla, de Cruzada, de Inquisición (Valladolid 1930) incluye lista de 34 comisarios generales de Cruzada
[21] J.GOÑI Historia...p. 496
[22]Para el caso americano, mi tesis doctoral José A. BENITO La Bula de Cruzada en Indias Fundación Universitaria Española, Madrid, 442 pp. Colección Tesis Cum Laude. Serie H (Historia) –2
[23]Cf. Ricardo GARCIA-VILLOSLADA, Sentido de la conquista y evangelización de América según las bulas de Alejandro VI, Roma 1978.
[24] Juan B. Olaechea Labayen “De cómo, dónde y cuándo fueron bautizados los primeros indios” Missionalia Hispánica-Hispania Sacra Madrid nº 50, 1998, pp.611-636.
[25] Barcelona, 29 de mayo de 1493. AGI, Indiferente, 418, lib.1, f.192 v. En Rumeu de Armas, A. La política indigenista de Isabel La Católica Instituto “Isabel La Católica Isabel La Católica de Historia Eclesiástica, Valladolid 1969 pp.301-2.
[26] 1996d "Historia de la Bula de la Cruzada en Indias" Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, Ediciones Universitarias de Valparaíso (Chile), XVIII, pp.71-102
2002 La Bula de Cruzada en Indias Fundación Universitaria Española, Madrid, 442 pp. Colección Tesis Cum Laude. Serie H (Historia) –2
[27] MARIANA, Padre Juan de: "Historia general de España". Lib.XXV, c.III. Obras del P. Juan de Mariana. BAE nº 31, Madrid, 1950. Tomo II, p.215
[28] I. SZASDI LEÓN-BORJA “La introducción de la Bula de la Santa Cruzada en el Nuevo Mundo (1509-1525) Cuadernos de Historia Nº10 del Instituto del Derecho y de las Ideas Políticas, Córdoba (Argentina) 200 pp113-149.
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